Que es y que funciones realiza en España Protección Civil.

En estos tiempos en que las catastrofes, incendios, inundaciones guerras etc.. pasaron a ser cuestiones cotidianas, es bueno saber que lugar ocupan los equipos de Protección Civil en España, como se organizan y sus responsabilidades, para entenderlo el gobierno de españa emitio un comunicado de prensa para que seamos conscientes de como hoy son parte necesaria e indispensable de ayuda a la sociedad.

En Protección Civil España se ponen en funcionamiento los mecanismos que potencian y mejoran el Sistema Nacional de Protección Civil ante emergencias y catástrofes. Sistema que facilitará el ejercicio cooperativo, coordinado y eficiente de las competencias distribuidas entre las Administraciones Públicas. A continuación, se destacan las principales áreas o ámbitos que lo sustentan.

La Protección Civil en España es una competencia concurrente entre el Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales. Esta coordinación se organiza a través del Sistema Nacional de Protección Civil y hace uso de los siguientes elementos para conseguir una actuación coordinada y eficaz.

Política de prevención.

La prevención en protección civil consiste en el conjunto de medidas y acciones encaminadas a evitar o mitigar los posibles impactos adversos de los riesgos y amenazas de emergencia.

El primer objetivo es evitar que un peligro se convierta en una amenaza, esto es, intentar que la población o bienes no queden expuestos a un posible riesgo. Los planes de protección civil deberán contener programas de información y comunicación preventiva y de alerta que permitan a los ciudadanos adoptar las medidas oportunas para la salvaguarda de personas y bienes, facilitar en todo cuanto sea posible la rápida actuación de los servicios de intervención, y restablecer la normalidad rápidamente después de cualquier emergencia.

La difusión de estos programas deberá garantizar su recepción por parte de los colectivos más vulnerables.En su contenido se incorporarán medidas de accesibilidad para las personas con discapacidad, en especial, las encaminadas a asegurar que reciben información sobre estos planes.

Los poderes públicos promoverán la investigación de las emergencias, para evitar que se reiteren, y el aseguramiento del riesgo de emergencias, para garantizar la eficiencia de la respuesta de la sociedad ante estos sucesos de manera compatible con la sostenibilidad social, económica y fiscal.

Las Administraciones Públicas promoverán, en el ámbito de sus competencias la realización de programas de sensibilización e información preventiva a los ciudadanos y de educación para la prevención en centros escolares.

Planificación:

La planificación en el Sistema de Protección Civil se lleva a cabo mediante el desarrollo de Planes de Protección Civil, que son los instrumentos de previsión del marco orgánico-funcional y de los mecanismos que permiten la movilización de los recursos humanos y materiales necesarios para la protección de las personas y de los bienes en caso de emergencia, así como del esquema de coordinación de las distintas Administraciones Públicas llamadas a intervenir.

El Sistema español de Protección Civil cuenta con siguientes tipos de planes:

El Plan Estatal General; Los Planes Territoriales, de ámbito autonómico o local; Los Planes de Autoprotección; Los Planes Especiales, para hacer frente a los riesgos de:

Inundaciones; Terremotos; Maremotos; Volcánicos; Fenómenos meteorológicos adversos; Incendios forestales; Accidentes en instalaciones o procesos en los que se utilicen o almacenen sustancias químicas, biológicas, nucleares o radiactivas; Accidentes de aviación civil; Transporte de mercancías peligrosas. Así como los relativos a la protección de la población en caso de conflicto bélico y aquellos otros que se determinen en la Norma Básica.

Escuela Nacional de Protección Civil (ENPC).

La formación de los recursos humanos del Sistema Nacional de Protección Civil. Con ello se contribuye al mantenimiento y mejora de sus capacidades para gestionar el riesgo e intervenir ante una emergencia.

La Escuela Nacional de Protección Civil está integrada en la Dirección General de Protección Civil y Emergencias del Ministerio del Interior. Tiene por objeto dar respuesta a las necesidades de formación de los recursos humanos del Sistema Nacional de Protección Civil.

La ley 17/2015 de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, le asigna la formación especializada y de mandos de alto nivel del personal de Protección Civil de la Administración General del Estado y de otras entidades con las que se mantiene una vía de colaboración.

Su plan de formación se ocupa de las áreas de conocimiento de: análisis y prevención de riesgos, planificación, intervención operativa y rehabilitación en catástrofes, así como las áreas de formación general e internacional.A lo largo del proceso de gestión de la formación, la ENPC asume un compromiso de calidad en el servicio, tal y como se recoge en la Carta de Servicios de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias.

Líneas de ayudaÁmbito de aplicaciónLa concesión de ayudas o subvenciones, en atención a necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica, se regirá por lo dispuesto en la Ley General de Subvenciones, el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo y el Real Decreto 477/2007, de 13 de abril, con las condiciones y requisitos establecidos en dicha normativa.

Se entenderá por situación de emergencia el estado de necesidad sobrevenido a una comunidad de personas ante un grave e inminente riesgo colectivo excepcional, el cual, por su propio origen y carácter, resulta inevitable o imprevisible, y que deviene en situación de naturaleza catastrófica cuando, una vez actualizado el riesgo y producido el hecho causante, se alteran sustancialmente las condiciones de vida de esa colectividad y se producen graves daños que afectan a una pluralidad de personas y bienes.

Naturaleza y régimen jurídico.

La concesión de estas ayudas tendrá carácter subsidiario respecto de cualquier otro sistema de cobertura de daños, público o privado, nacional o internacional, del que puedan ser beneficiarios los afectados.No obstante, cuando los mencionados sistemas no cubran la totalidad de los daños producidos, las subvenciones se concederán con carácter complementario y serán compatibles en concurrencia con otras subvenciones, indemnizaciones, ayudas, ingresos o recursos, procedentes de sistemas públicos o privados, nacionales o internacionales, hasta el límite del valor del daño producido.

En todo caso, la adopción de estas medidas paliativas se inspirará en los principios de economía, celeridad, eficacia y solidaridad, así como en los de cooperación y coordinación entre Administraciones públicas. A estos fines, deberán impulsarse aquellos mecanismos de colaboración que en cada caso contribuyan a la mayor operatividad de las medidas previstas.El procedimiento de concesión se regirá por lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por las disposiciones reglamentarias dictadas en su desarrollo y por lo establecido en el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo.

A este respecto, las ayudas se otorgarán en régimen de concesión directa en aras del interés público y social derivado de las singulares circunstancias que concurren en una situación de emergencia, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 22.2 c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas, en los términos y requisitos establecidos en el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, los siguientes:

.-Las unidades familiares o de convivencia económica que sufran daños personales o materiales, ponderándose, a estos efectos, la cuantía de la ayuda en proporción a los recursos económicos de que dispongan para hacer frente a una situación de emergencia o catástrofe.

.-Las Corporaciones Locales que acrediten escasez de recursos para hacer frente a los gastos derivados de actuaciones ante situaciones de grave riesgo o naturaleza catastrófica.

.-Las personas físicas o jurídicas que, requeridas por la autoridad competente, hayan llevado a cabo una prestación personal o de bienes, a causa de una situación de emergencia.

.-Las personas físicas o jurídicas titulares de establecimientos mercantiles, industriales o de servicios, con menos de cincuenta empleados, cuyos locales de negocio o bienes afectos a esa actividad hubieran sido dañados directamente por los hechos derivados de la situación de emergencia o de naturaleza catastrófica.

.-Las Comunidades de Propietarios en régimen de propiedad horizontal que hayan sufrido daños en elementos comunes de uso general que afecten tanto a la seguridad como a la funcionalidad del inmueble, derivados de la situación de emergencia o de naturaleza catastrófica.

En atención a la especial naturaleza de las ayudas, se eximirá a sus beneficiarios del cumplimiento de los requisitos regulados en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Internacional.

La Dirección General de Protección Civil y Emergencias desarrolla una amplia actividad internacional en los múltiples foros en los que España participa, ya sea en el escenario de la Unión Europea, de Iberoamérica, de Naciones Unidas, o bien a través de acuerdos bilaterales con diversos países.

En este contexto, sus responsables y técnicos asisten a reuniones al más alto nivel, encuentros, seminarios o simulacros por todo el mundo y se integran en equipos de trabajo sobre el terreno cuando son requeridos para colaborar en situaciones de catástrofe o emergencia.

En el ámbito exterior, la nueva ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil da cobertura y organiza la contribución del Estado al Mecanismo de Protección Civil de la Unión Europea y las misiones de cooperación internacional en esta materia, cada vez más frecuentes y complejas.

Esta ley regula en varios artículos las aspectos relacionados con esta materia y quién es la autoridad competente para llevarla a cabo. La ley reserva al Gobierno la competencia para adoptar los acuerdos de cooperación internacional.

Por otro lado, el ministro del Interior es la autoridad encargada de efectuar la oferta de aportación de equipos de intervención en emergencias en el marco del Mecanismo de Protección Civil de la Unión Europea y de acordar la movilización de los recursos del Sistema Nacional de Protección Civil para cooperar en catástrofes en terceros países y coordinar la actuación de los equipos de ayuda.

Además, hay que recordar que el Consejo Nacional de Protección Civil tiene el carácter de Comité Español de la Estrategia Internacional para la reducción de desastres de las Naciones Unidas.

Mecanismo Europeo de Protección Civil.

Desde 2001, el Mecanismo de Protección Civil de la UE se ha activado más de 600 veces para responder a emergencias.

El Mecanismo agrupa las capacidades de respuesta de todos los países de la UE y de 9 Estados participantes.

El Mecanismo puede desplegarse dentro de la UE y en todo el mundo. Contempla acciones conjuntas de prevención y preparación ante catástrofes.

En respuesta a la guerra de Ucrania, la UE ha puesto en marcha su mayor operación de emergencia desde la creación del Mecanismo, y envía millones de artículos de emergencia a Ucrania y la región.

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