Tribunal Supremo rechaza los recursos presentados por Abogacía del Estado para el voto cera del 29N.

Por Francisco López.

El Tribunal Supremo de España rechazó los recursos de reposición presentados por la Abogacía del Estado y confirmó de manera íntegra que se mantiene la suspensión cautelar del derecho al voto para los nacionalizados a través de la conocida «ley de nietos» de cara a las próximas elecciones generales del 29 de noviembre.

Puntos clave de la decisión:

  • Mantenimiento del veto provisional: La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo desestimó las alegaciones de los servicios jurídicos del Gobierno. Con esto, ratificó sus autos del pasado 10 de septiembre (impulsados tras recursos de Vox e Iustitia Europa), congelando los efectos electorales de las nuevas inscripciones en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA).
  • Argumento del Supremo: Los magistrados consideraron que la limpieza, transparencia y veracidad del proceso electoral deben prevalecer sobre el derecho al sufragio inmediato de los afectados. Apuntaron a que existe un «peligro fundado, real y serio» de alteración del censo ante inscripciones masivas que no han sido debidamente verificadas de forma manual.
  • Reproche a la Administración: El tribunal criticó con dureza a la Abogacía del Estado, señalando que el Gobierno no acreditó haber revisado los expedientes de forma individualizada y que la supuesta «imposibilidad material» alegada para separarlos en tan poco tiempo es responsabilidad de la propia Administración.
  • Voto particular: La resolución se adoptó con el voto particular discrepante de una magistrada de la sección, quien defendía el derecho al sufragio de los afectados.
  • Alcance de la medida: Esta decisión bloquea el voto exterior de un grupo estimado por la Abogacía del Estado en unos 170.000 ciudadanos (y por los demandantes en cerca de 400.000). Cabe destacar que no anula las nacionalidades concedidas ni los pasaportes, limitándose únicamente a los efectos de participación electoral para el 29-N de forma provisional hasta que se resuelva el fondo del asunto.

Los principales partidos políticos decla oposición que cuestionan la legalidad del censo de los nuevos nacionalizados y han impulsado acciones para suspender su derecho a voto son Vox y el Partido Popular (PP), sumándose también el partido Iustitia Europa.

Las posturas y acciones de la derecha española y ultraderecha ( Partido Popular y VOX) y por el.cinyraro el progresismo español ( PSOE, Podemos, Sumar, ERC, EHBildu, BNG. Etc..) respecto a la Ley de Memoria Democrática (conocida popularmente como «ley de nietos») y la diáspora en el exterior, son muy distintos:

El partido liderado por Santiago Abascal VOX ha tomado la ofensiva jurídica directa más agresiva. Junto a la plataforma Iustitia Europa, presentaron recursos ante la justicia logrando que el Tribunal Supremo dictara medidas cautelares para suspender los efectos electorales de las inscripciones en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) de aquellos que obtuvieron la nacionalidad por esta vía, salvo que demuestren documentalmente ser hijos de exiliados.

Sus argumentos: Vox califica el proceso de «fraude masivo» e «ingeniería electoral» por parte del Gobierno español para inflar los censos de cara a elecciones futuras. Sostienen que se están concediendo nacionalidades de forma irregular a personas que, según sus dirigentes, «no conocen España«. Además, han llegado a proponer restringir o eliminar el voto por correo para los residentes en el extranjero y plantean la posibilidad de reformar la ley para que la obtención del pasaporte no implique automáticamente el derecho al sufragio.

El Partido Popular (PP) ha mantenido su rechazo al peso histórico que la diáspora alineados firmemente en la crítica a la gestión actual. Aunque el PP no fue el impulsor del recurso judicial que propició la suspensión cautelar, sus líderes han respaldado e instigado o intrumentado acciones para frenar estas inscripciones en el censo electoral actual.

Sus argumentos son explícitos y sus dirigentes destacados del PP, como la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso y Feijóo, han manifestado desconfianza explícita hacia los censos exteriores modificados por esta norma, alegando que el Ejecutivo utiliza el mecanismo administrativo para «fabricar» o «nacionalizar socialistas». Argumentan que la ley «relaja en exceso» los requisitos y con sus declaraciones exponen su verdadero odio y xenofobia a la emigración española en el exterior.

Por el contrario, los partidos progresistas que sustentan al Gobierno central defienden que estas posturas de la derecha y la extrema derecha atentan contra derechos constitucionales fundamentales ya adquiridos por los descendientes de la diáspora, calificando los intentos de suspender sus votos como una maniobra antidemocrática que deslegitima a los nuevos ciudadanos de pleno derecho y no ciudadanía española de segunda.

Por eso en estas elecciones a las Cortes Generales, de Diputados y Senadores del #29N es necesario, votar 21 al 26 de noviembre de 2026, ambos incluidos, en el Consulado deespaña en cada pais u oficinas habilitadas ( consultar paginas consulares).

En estas elecciones podrán participar las personas de nacionalidad española que consten de alta como residentes en la demarcación consular y figuren inscritas a efectos electorales en el censo de españoles residentes ausentes (CERA) de estas elecciones. A excepcion de las que obtuvieron la nacionalidad española mediante la Ley de Memoria Democrática desde el 2023 hasta ahora , el resto pueden votar sin problemas.

.-El censo electoral vigente para estas elecciones es el cerrado a 01 de agosto de 2026.

.-Si no estas en el censo y consideras que es un error durante los días 12 a 19 de octubre, ambos incluidos, se habilitará un servicio de consulta extraordinario del censo electoral y podrás presentar reclamación dirigida a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral.

.-Las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral remitirán la documentación electoral a la dirección de la inscripción de cada elector del 24 al 30 de octubre, y un segundo envío postal con las papeletas entre el 04 y el 08 de noviembre. Los electores también podrán descargarse las papeletas desde el momento en que se produzca la proclamación de las candidaturas y hasta el 26 de noviembre.

.-Podrán remitir su voto por correo postal, certificado, cuando sea posible, a la Oficina Consular no más tarde del 24 de noviembre.

.-Podrán depositar su voto del 21 al 26 de noviembre de 2026, ambos incluidos, en el Consulado u oficinas habilitadas.

CONSULTAR PAGINA DE CONSULADO DE CADA PAÍS DONDE SE RESIDA.

La distancia no debe convertirse en desinformación ni en abstención y los residentes en el extranjero tienen intereses concretos: nacionalidad, voto exterior, atención consular, retorno, reconocimiento de títulos, empleo, vivienda y protección social.

Conquistas que hoy estan cuestionadas por la derecha del Partido Popular con Feijóo a la cabeza y de la ultraderecha de VOX con Abascal.¡NO VOTES PARTIDO POPULAR Y VOX!

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