Redacción de Revista TU VOZ, Argentina
Un total de 250.370 españoles descendientes han solicitado la nacionalidad española en los últimos 15 meses por la vía de la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática. De ellos, ya la han conseguido 120.704 demandantes, el 48,21 %. La que en Hispanoamérica se conoce como la ‘ley de nietos española’ fue aprobada por el Gobierno de coalición donde Podemos formó parte , para abrir la puerta de la nacionalidad española a decenas de miles de descendientes de emigrantes que hasta ahora la tenían cerrada, exiliados del franquismo. Hasta bisnietos y tataranietos.
Son datos facilitados por el Gobierno de e incluyen desde la entrada en vigor de la norma, en octubre de 2022, y hasta el 31 de enero de 2024 (últimos datos disponibles)
Por establecer una comparación, la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública del Ministerio de Justicia recibe al año una media de 125.000 solicitudes de nacionalidad por residencia (por haber residido en España durante diez años de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición).
En 15 meses, las solicitudes por la ley de nietos han sido el doble y el hecho de que de momento hayan sido aprobadas el 48,21 % de las solicitudes no quiere decir que el resto hayan sido rechazadas, sino que están en tramitación.
No en vano, una de las particularidades de esta ley es precisamente su gran amplitud ya está pensada para incorporar a los descendientes de exiliados durante la guerra civil y el franquismo que quedaron fuera del anterior proceso de nacionalización, el que se llevó a cabo en virtud de la Ley de Memoria Histórica de José Luis Rodríguez Zapatero en 2007.
Aunque la realidad es otra y en esta ocasión, hace justicia y durante un plazo de dos años ya prorrogable a tres, permite adquirir la nacionalidad española ya no solo a los hijos de exiliados, sino también a los nietos.
Lo que, a su vez, abre el camino a los bisnietos y tataranietos (porque serán los hijos y nietos de los solicitantes), generando un efecto multiplicador. Y, además, sin límite de edad: en el anterior proceso estaban solo afectados los hijos menores de edad no emancipados.
Su entrada en vigor produjo una avalancha de solicitudes en los consulados españoles de toda Hispanoamérica. Especialmente en Argentina, Venezuela, México y Cuba. Hasta el punto de que el Gobierno tuvo que reforzar sus 47 oficinas consulares para hacer frente a la alta demanda.
En las más afectadas, el Ministerio de Asuntos Exteriores contrató personal exprofeso y habilitó un sistema de cita previa exclusivamente para los trámites relacionados con la Ley de Memoria Democrática.
Hace un mes y como no podia der de otra manera , el grupo parlamentario popular en el Congreso registró varias preguntas por escrito al Gobierno para conocer específicamente cuántas solicitudes se han registrado en los consulados de Buenos Aires, Caracas, Ciudad de México y La Habana.
Aunque, de momento, los populares no han obtenido respuesta, el objetivo de esa consulta no es otra que la de seguir cuestionando la Ley de Nacionalidad que tanto les molesta .
Los tres supuestos
La disposición adicional octava de esta norma contempla tres supuestos para obtener la nacionalidad española, como contó este diario con motivo de su entrada en vigor.
En primer lugar, quienes hayan nacido fuera de España y tengan padre, madre, abuelo o abuela originariamente españoles, pero que hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española por haber «sufrido exilio».
En segundo lugar, hijos nacidos fuera de España de madres que perdieron su nacionalidad española por haberse casado con un extranjero antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978.
En tercer lugar, los hijos mayores de edad de aquellos que obtuvieron la nacionalidad española, acogiéndose a la anterior Ley de Memoria Histórica.
En origen, la nueva ‘ley de nietos’ presumía la condición de exiliado a todos los españoles que salieron de España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955: sus descendientes no tenían que aportar ninguna prueba documental de que su antepasado emigró por motivos políticos.
En cambio, el solicitante sí debía acreditar documentalmente esa condición de exiliado si su antepasado había salido de España entre el 1 de enero de 1956 y el 28 de diciembre de 1978 (el día en que entró en vigor la Constitución). Sin embargo, a los pocos días la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública del Ministerio de Justicia rebajó los requisitos también para estos últimos demandantes: desde entonces basta con las partidas de nacimiento.
Según el Gobierno, esta ley de nietos es una «medida reparadora de las personas que sufrieron el exilio». Sin embargo, las razones de los solicitantes no solo son sentimentales si no tambien de derechos para poder retirnar a la tuerra de sus progenitores, les abre las puertas de España y de la Unión Europea.
Una vez adquirida la nacionalidad, pueden venir con toda la familia y regularizar la situación del resto estando ya en España y formar parte de una España plurinacional y federalista.
En el proceso de nacionalización de la ley Zapatero, el Gobierno acabó revocando concesiones de nacionalidad que los consulados de España habían otorgado de forma irregular.
En este caso, el Gobierno aclaro que piensa prorrogar un año más el plazo inicial de dos, que termina el próximo mes de octubre, tras una pregunta efectuada por la Diputada de Podemos Martina Velarde en el congreso de los Diputados de España sobre la ampliación o Prórroga de los tiempos para obtener la Nacionalidad Española.