AYUDAS personas MAYORES Y DEPENDIENTES españolas en el exterior

El MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES en Resolución del 20 de febrero de 2025 de la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior y Políticas de Retorno, que coordina María Elena Bernardo Llorente. ,convocó ayudas para 2025, del Programa de Mayores y Dependientes de la Orden ESS/1613/2012, de 19 de julio.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, publicó el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

PLAZO HASTA EL 26 DE MARZO 2025

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/818063

Primero. Entidades beneficiarias.

Podrán optar a estas subvenciones los centros de día, residencias de mayoresu otras instituciones que acojan a personas y/o dependientes no pertenecientes ala población activa, que tengan la condición de españoles y españolas en el exterior, o sean cónyuges de estos, y carezcan de los medios suficientes parasubsistir por sí mismos.Segundo.

Objeto.

Estas subvenciones tienen por objeto mejorar las condiciones de vida de los españoles y españolas mayores y/o dependientes en el exterior mediante el apoyoa centros sociales, centros de día y residencias de mayores, para la realización de actividades de carácter informativo, social o asistencial de las instituciones que tengan como finalidad la atención de dicho colectivo.Tercero. Bases reguladoras.

Las bases reguladoras por las que se rige esta subvención están fijadas através de la Orden ESS/1613/2012, de 19 de julio, por la que se establecen lasbases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas a los programasde actuación para la ciudadanía española en el exterior y los retornados,publicadas en el Boletín Oficial del Estado, número 174, de 21 de julio de 2012.Cuarto.

Financiación e importe.

Las subvenciones se financiarán con cargo al crédito presupuestario previsto en los Presupuestos Generales del Estado en situación de prórroga para el 2025, consignado en la aplicación presupuestaria 32.03.231B.492.05 por importe máximo de 2.281.070 euros, del Presupuesto de Gasto de la Secretaría de Estado de Migraciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

La cuantía de la subvención no podrá ser superior a 100.000 euros por entidad.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado.

Sexto. Otros datos.

Las solicitudes de ayudas se formalizarán en los modelos normalizados queestán disponibles en la página web del Portal de la ciudadanía española en elexterior.

https://ciudadaniaexterior.inclusion.gob.es/web/ciudadania/formularios

y en la sede electrónica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

https://sede.inclusion.gob.es/ayudas-y-subvenciones

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