TRAS EL ACUERDO DE SÁNCHEZ CON RABAT.
Podemos presento una proposición de ley para que se otorgue la concesión de la nacionalidad española por carta de naturaleza a los saharahuis y a los nacidos en el Sáhara Occidental bajo la soberanía de España. Según ha explicado en un comunicado el grupo de UP en el Congreso, con esta iniciativa se pretende que los saharauis nacidos antes del 26 de febrero de 1976, así como sus descendientes directos en primer grado de consanguinidad, puedan obtener la nacionalidad española, tal y como ya lo hacen otros colectivos vinculados históricamente a España, como es el caso de los judíos sefardíes.
Para complementar la regulación de la ley -estructurada en dos artículos, una disposición adicional y cinco disposiciones finales-, es necesario modificar el artículo 22 del Código Civil para incluir dentro de los colectivos beneficiados por el plazo reducido de acceso a la nacionalidad por residencia a los saharauis. De esta manera, se les aplicará el plazo reducido de residencia legal en España de dos años, como ya se contempla para el resto de las personas originarias de países o comunidades con una especial vinculación histórica o cultural con España.
En el caso de los descendientes en primer grado de consanguinidad de los saharauis que hayan adquirido la nacionalidad española conforme a esta ley, tendrán un plazo de 5 años, «a contar desde la inscripción en el Registro Civil de la adquisición de la nacionalidad española de cualquiera de sus progenitores», para optar a ella. Para Podemos, esta proposición «acaba con un agravio comparativo» y contribuye a «saldar, aunque sea de manera muy parcial, la deuda histórica contraída con la población saharaui».
Además, considero que con la iniciativa se cumple con el acuerdo del Congreso de los Diputados de abril de 2016 que instaba a la reforma del citado artículo 22 del Código Civil. Para acreditar la condición de saharaui nacido antes del 26 de febrero de 1976, Podemos establece la validez del DNI español, aunque se encuentre caducado, con verificación de la identidad por parte de los servicios de la Dirección General de la Policía.
También propone que sea válido el certificado de inscripción en el censo para el Referéndum del Sáhara Occidental expedido por Naciones Unidas o los certificados de nacimiento expedido por las autoridades saharauis de los campamentos de refugiados en Tinduf y legalizado por la Representación del Frente Polisario en España, entre otros.
El febrero del 2023 el Congreso debatio si los saharauis nacidos bajo soberanía española pueden acceder a la nacionalidad “por carta de naturaleza”. Con el apoyo del PP, la abstención de Vox y el apoyo de la mayoría de socios habituales del Gobierno, la cámara ha aprobado la toma en consideración de una proposición de ley de Unidas Podemos en pleno debate en el seno del Ejecutivo por el reciente giro de posición del PSOE respecto al Sáhara occidental.
Esta consideracion consiste en que los saharauis nacidos antes del 26 de febrero de 1976 y sus descendientes directos, de los que una colonia importante se estableció en Canarias, podrían adquirir la nacionalidad española en determinadas condiciones y bajo diferentes requisitos al aprobar este martes el Congreso la toma en consideración de una propuesta legislativa de Unidas Podemos en ese sentido. Esa toma en consideración de una proposición de ley que respaldaron todos los grupos salvo el PSOE, es el primer paso para que esa circunstancia pueda darse, aunque primero tiene que confirmarse toda la tramitación parlamentaria pendiente, algo que está por ver y que dependerá de la voluntad política del Gobierno de facilitarlo
Para complementar la regulación de la ley -estructurada en dos artículos, una disposición adicional y cinco disposiciones finales-, es necesario modificar el artículo 22 del Código Civil para incluir dentro de los colectivos beneficiados por el plazo reducido de acceso a la nacionalidad por residencia a los saharauis. De esta manera, se les aplicará el plazo reducido de residencia legal en España de dos años, como ya se contempla para el resto de las personas originarias de países o comunidades con una especial vinculación histórica o cultural con España como el caso de Guinea Ecuatorial o el de los judíos sefardíes.
En el caso de los descendientes en primer grado de consanguinidad de los saharauis que hayan adquirido la nacionalidad española conforme a esta ley, tendrán un plazo de 5 años, a contar desde la inscripción en el Registro Civil de la adquisición de la nacionalidad española de cualquiera de sus progenitores, para optar a ella. En la defensa de la propuesta, el diputado de UP Enrique Santiago, destacó que con ella se “acaba con un agravio comparativo” y contribuye a “saldar, aunque sea de manera muy parcial, la deuda histórica contraída con la población saharaui”. Para acreditar la condición de saharaui nacido antes del 26 de febrero de 1976, la proposición de ley establece la validez del DNI español, aunque se encuentre caducado, con verificación de la identidad por parte de los servicios de la Dirección General de la Policía, o bien un certificado de nacimiento o algún documento expedido por la administración española de entonces.
El debate sobre este controvertido asunto ha llegado a la Cámara en el contexto de la reciente cumbre entre España y Marruecos los primeros días del mes en la que el Gobierno español remarcó una vez más su posición a favor de la vía autonomista para el Sáhara como territorio de soberanía marroquí. También ha coincidido con el anuncio de la primera visita del presidente de Canarias, Ángel Víctor Torres, al país vecino lo próximos 15 y 16 de marzo. La propuesta, de hecho, ya tuvo un marco de registro en el Congreso muy politizado, ya que UP la presentó sólo un día después de la reunión del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, con el rey de Marruecos, Mohamed VI, en Rabat, en la que se concretó el cambio de posición de Madrid sobre el Sáhara. Fue una clara expresión por parte del socio minoritario del Ejecutivo de expresar su rechazo al giro socialista sobre la excolonia española, un giro que también han criticado con dureza el resto de lasa formaciones parlamentarias sin distinción ideológica.
Todos los grupos aprovecharon el debate para remarcar precisamente el cambio de posición española y criticaron con dureza al Gobierno y en particular de su presidente, además de poner en cuestión la diplomacia española en la región por tensionar las relaciones con Argelia para ceder ante lo que muchos consideran “chantaje” marroquí. Frente a la posición favorable, con distintos matices, del resto de grupos parlamentarios, el PSOE sostuvo, por boca de su portavoz en el debate, Sergio Gutiérrez, que se trata de “un debate complejo y sensible” que “no debe utilizarse como arma arrojadiza sobre las relaciones internacionales, ni sobre la defensa de la causa saharaui, porque no es un debate de política exterior, sino de política interior”. Los socialistas aseguran “compartir que existe un agravio del pueblo saharaui respecto a otras comunidades históricas en el procedimiento a acceder a la nacionalidad”, así como el objetivo de la propuesta, pero no con el procedimiento de hacerlo “por carta de naturaleza”, apelando en este sentido a las distintas sentencias de tribunales españoles que han rechazado que pueda hacer por “carta de naturaleza” como señala la propuesta legislativa. “No son nacidos en España a efectos de nacionalidad los nacidos en un territorio consideradas colonia. El camino correcto es igualar procesos y no crear procedimientos exprés”, afirmó Gutiérrez recordando el caso guineano.
La sentencia del Supremo
Así, una sentencia del Tribunal Supremo de junio de 2020 apela a las leyes que acompañaron al abandono de España del territorio para justificar su sentencia denegando la nacionalidad a una mujer nacida en el Sáhara Occidental en 1973. La Sala de lo Civil establecía que no se puede considerar que fuera territorio nacional durante la etapa en la que fue administrado por España basándose en las normas que regularon el proceso de descolonización, y consideraba “indiscutible” la condición “colonial del Sáhara” y que, por tanto, “no puede ser considerado España a los efectos de la nacionalidad de origen”. “No son nacidos en España quienes nacieron en un territorio durante la etapa en que fue colonia española”, concluía la sentencia.
Sentencia que no reconoce un Derecho primordial de todos los Saharauis que hasta el año 1975 pertenecían a una provincia Española a los efectos del momento político de España.
Sahara es un país a todos los efectos y apoyamos su total independencia de Marruecos más aún creemos que con ella se haría justicia a tantos años que estuvo bajo la soberanía española.
España tiene que ser galante de ello y no complice de un Marruecos que con su dominio oprime a un pueblo.
Redacción Revista TU VOZ, Argentina