{"id":16041,"date":"2026-10-20T15:02:59","date_gmt":"2026-10-20T18:02:59","guid":{"rendered":"https:\/\/xn--tuvozdiasporaespaola-k7b.com\/page\/2\/?p=16041"},"modified":"2026-10-20T15:03:00","modified_gmt":"2026-10-20T18:03:00","slug":"feijoo-plantea-restringir-el-voto-de-los-espanoles-en-el-exterior-una-reforma-electoral-o-un-recorte-de-derechos-democraticos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/xn--tuvozdiasporaespaola-k7b.com\/page\/2\/feijoo-plantea-restringir-el-voto-de-los-espanoles-en-el-exterior-una-reforma-electoral-o-un-recorte-de-derechos-democraticos\/","title":{"rendered":"Feij\u00f3o plantea restringir el voto de los espa\u00f1oles en el exterior: \u00bfuna reforma electoral o un recorte de derechos democr\u00e1ticos?"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por Francisco L\u00f3pez.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>An\u00e1lisis pol\u00edtico | Di\u00e1spora espa\u00f1ola, derecho al voto, Constituci\u00f3n y Ley de Memoria Democr\u00e1tica<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La propuesta de Alberto N\u00fa\u00f1ez Feij\u00f3o, presidente del Partido Popular (PP), de exigir un periodo m\u00ednimo de residencia en Espa\u00f1a para poder votar desde el extranjero abre un nuevo frente de confrontaci\u00f3n pol\u00edtica sobre los derechos de la emigraci\u00f3n espa\u00f1ola. La iniciativa, seg\u00fan la informaci\u00f3n aportada sobre sus declaraciones en el programa <em>Herrera en COPE<\/em>, plantea una cuesti\u00f3n de fondo:<strong> \u00bfpuede condicionarse el derecho al sufragio de un ciudadano espa\u00f1ol por el tiempo que lleve viviendo fuera de su pa\u00eds?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Feij\u00f3o ha defendido la necesidad de distinguir entre disponer de un pasaporte espa\u00f1ol y tener derecho a participar en las elecciones. Su argumento se apoya en la supuesta necesidad de garantizar que los electores conozcan suficientemente la realidad pol\u00edtica, econ\u00f3mica y social de Espa\u00f1a. Tambi\u00e9n ha anunciado su intenci\u00f3n de impulsar una Ley Org\u00e1nica de la Nacionalidad, separando esta materia de su actual regulaci\u00f3n en el C\u00f3digo Civil y endureciendo determinados requisitos relacionados con el acceso a la nacionalidad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Sin embargo, <strong>estas propuestas plantean interrogantes jur\u00eddicos y democr\u00e1ticos que van mucho m\u00e1s all\u00e1 de una reforma administrati<\/strong>va. Si se tradujeran en una restricci\u00f3n desproporcionada de derechos constitucionales, podr\u00edan abrir un conflicto jur\u00eddico de considerable alcance.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">El derecho al voto no depende de vivir dentro de las fronteras<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La Constituci\u00f3n espa\u00f1ola reconoce el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos p\u00fablicos. Su art\u00edculo 23.1 establece que los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos p\u00fablicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos en elecciones peri\u00f3dicas por sufragio universal.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Adem\u00e1s, el art\u00edculo 68.5 dispone expresamente que la ley reconocer\u00e1 y el Estado facilitar\u00e1 el ejercicio del derecho de sufragio a los espa\u00f1oles que se encuentren fuera del territorio de Espa\u00f1a.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por tanto, el voto exterior no es una concesi\u00f3n pol\u00edtica ni un privilegio otorgado por el Gobierno de turno. Es una expresi\u00f3n de la ciudadan\u00eda espa\u00f1ola, desarrollada mediante la legislaci\u00f3n electoral.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Una eventual exigencia de residencia previa podr\u00eda afectar a miles o incluso millones de ciudadanos, dependiendo del periodo que se estableciera y de c\u00f3mo se aplicara. Sus consecuencias ser\u00edan especialmente importantes para quienes emigraron por razones laborales, econ\u00f3micas, familiares o pol\u00edticas, as\u00ed como para quienes conservan la nacionalidad espa\u00f1ola despu\u00e9s de varias generaciones.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La cuesti\u00f3n fundamental es si resulta constitucionalmente admisible restringir un derecho pol\u00edtico por el mero hecho de residir fuera del pa\u00eds.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El conocimiento de la realidad espa\u00f1ola puede ser una preocupaci\u00f3n leg\u00edtima en el debate p\u00fablico, pero no demuestra por s\u00ed solo que una persona emigrada est\u00e9 menos capacitada para votar que otra que reside en Espa\u00f1a. La ciudadan\u00eda exterior mantiene v\u00ednculos familiares, econ\u00f3micos, culturales y pol\u00edticos con su pa\u00eds de origen, y las decisiones adoptadas por las instituciones espa\u00f1olas pueden afectar directamente a sus vidas.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">La di\u00e1spora espa\u00f1ola: emigraci\u00f3n, derechos y memoria democr\u00e1tica<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La propuesta adquiere una dimensi\u00f3n especial en el contexto de la <strong>Ley de Memoria Democr\u00e1tica y de la recuperaci\u00f3n de la nacionalidad por parte de descendientes<\/strong> de espa\u00f1oles, muchos de ellos hijos y nietos de quienes tuvieron que abandonar Espa\u00f1a por la Guerra Civil, la dictadura franquista, la persecuci\u00f3n pol\u00edtica o las dificultades econ\u00f3micas, <strong>cualquier cuestionamiento de \u00e9stos derechos, son un motivo mas para no votar al Partido Popular de FEIJ\u00d3O  y a VOX de Santiago Abascal. <\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Alberto N\u00fa\u00f1ez <strong>Feij\u00f3o  exige un periodo m\u00ednimo de residencia en Espa\u00f1a para ejercer el derecho al voto exterior, muy similar<\/strong> <strong>a<\/strong> lo que exige en las comunidades autonomas gobernadas por el Partido Popular en los criterios de acceso a viviendas o ayudas de retorno, planteamiento que comparte<strong> el mismo  trasfondo ideol\u00f3gico de limitar ciertos derechos a los no residentes,con similitudes conceptuales y program\u00e1ticas importantes,  respecto al marco de la \u00abprioridad nacional por arraigo\u00bb impulsado por VOX. Otra raz\u00f3n mas para no votarlos tanto a Feij\u00f3o  como a Abascal <\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La llamada ley de nietos ha permitido que numerosas personas accedan a la nacionalidad espa\u00f1ola conforme a los supuestos previstos legalmente. Su incorporaci\u00f3n al censo electoral ha generado una intensa controversia pol\u00edtica, particularmente por el crecimiento del n\u00famero de electores residentes en el extranjero.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El PP y Vox han cuestionado las consecuencias electorales de esta ampliaci\u00f3n de la ciudadan\u00eda, mientras que sus defensores la consideran una medida de reparaci\u00f3n hist\u00f3rica y de reconocimiento de derechos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Pero hay una distinci\u00f3n esencial: obtener la nacionalidad y ejercer el derecho al voto son cuestiones jur\u00eddicamente relacionadas, pero no id\u00e9nticas. La nacionalidad garantiza autom\u00e1ticamente si se cumplen todos los requisitos electorales, el derecho al sufragio, aunque residas fuera del Espa\u00f1a, sobra con examinar la Constituci\u00f3n y la legislaci\u00f3n aplicable, es un derecho fundamental en la constituci\u00f3n espa\u00f1ola.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Adem\u00e1s, no todos los espa\u00f1oles residentes en el extranjero son nuevos ciudadanos acogidos a la Ley de Memoria Democr\u00e1tica. La emigraci\u00f3n espa\u00f1ola incluye a trabajadores, pensionistas, estudiantes, familias y descendientes de distintas generaciones.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por eso, cualquier reforma implica crear ciudadan\u00eda de primera y segunda categor\u00eda y sus efectos sobre el conjunto de la di\u00e1spora, y no tiene en cuenta  que todos los electores del exterior conforman un bloque homog\u00e9neo.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">\u00bfEs cierto que la mayor\u00eda de los pa\u00edses europeos exige residencia previa?<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>El argumento de Feij\u00f3o sobre la legislaci\u00f3n europea es falsa ya que las normas que regulan el voto de los ciudadanos residentes en el extranjero var\u00edan considerablemente entre pa\u00edses.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Algunos Estados establecen l\u00edmites temporales, requisitos de inscripci\u00f3n o condiciones espec\u00edficas seg\u00fan el tipo de elecci\u00f3n (como es el caso de Espa\u00f1a donde no se puede votar en elecciones locales) Otros permiten votar desde el exterior sin exigir una residencia reciente en el territorio nacional o bien disponen de una circunscripci\u00f3n exterior con representaci\u00f3n pol\u00edtica propia. Tambi\u00e9n existen diferencias entre elecciones legislativas, presidenciales, regionales y locales, como en Espa\u00f1a.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por ello, afirmar por Feij\u00f3o, que la inmensa mayor\u00eda de los pa\u00edses europeos exige haber residido previamente en el pa\u00eds no basta para justificar una reforma espa\u00f1ola. Para sostener esa comparaci\u00f3n ser\u00eda necesario identificar los pa\u00edses analizados, sus normas vigentes y las diferencias entre sus sistemas electorales, no lanzar una mentira al aire que por mucho  repetir,nunca seta verdad. Resumiendo <strong>Feij\u00f3o miente y no conoce la propia constituci\u00f3n espa\u00f1ola, a la vez que atenta sobre la di\u00e1spora espa\u00f1ola en el exterior. <\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Incluso si existieran precedentes en otros Estados, eso no demostrar\u00eda autom\u00e1ticamente que una restricci\u00f3n equivalente fuera constitucional, necesaria o proporcionada en Espa\u00f1a.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">El debate sobre el CERA y las elecciones del 29 de noviembre<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La controversia se produce, adem\u00e1s, en un contexto de tensi\u00f3n alrededor del Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) y de la participaci\u00f3n de los nuevos ciudadanos espa\u00f1oles por la Ley de Memoria Democr\u00e1tica.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El debate no se limita a cuestiones t\u00e9cnicas sobre la inscripci\u00f3n censal. Tambi\u00e9n afecta a la representaci\u00f3n pol\u00edtica de una ciudadan\u00eda que durante d\u00e9cadas ha denunciado dificultades para votar, problemas burocr\u00e1ticos en los consulados y obst\u00e1culos para ejercer sus derechos desde el extranjero.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La reforma del voto exterior de 2022 elimin\u00f3 el denominado voto rogado, que obligaba a solicitar previamente la documentaci\u00f3n electoral, con el objetivo de facilitar la participaci\u00f3n. Cualquier iniciativa que introduzca nuevas barreras debe examinarse a la luz de esa evoluci\u00f3n legislativa y de la obligaci\u00f3n constitucional de facilitar el sufragio a los espa\u00f1oles en el extranjero.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Si se pretende modificar las reglas electorales, el debate deber\u00eda partir de datos verificables, garant\u00edas jur\u00eddicas y criterios aplicables por igual, no de la presunci\u00f3n de que determinados electores conocen menos la realidad nacional o de que su participaci\u00f3n responde a intereses partidistas.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image size-large\"><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" width=\"1024\" height=\"576\" src=\"https:\/\/xn--tuvozdiasporaespaola-k7b.com\/wp-content\/uploads\/2026\/10\/1001235881-1024x576.webp\" alt=\"\" class=\"wp-image-16047\" srcset=\"https:\/\/xn--tuvozdiasporaespaola-k7b.com\/wp-content\/uploads\/2026\/10\/1001235881-1024x576.webp 1024w, https:\/\/xn--tuvozdiasporaespaola-k7b.com\/wp-content\/uploads\/2026\/10\/1001235881-300x169.webp 300w, https:\/\/xn--tuvozdiasporaespaola-k7b.com\/wp-content\/uploads\/2026\/10\/1001235881-768x432.webp 768w, https:\/\/xn--tuvozdiasporaespaola-k7b.com\/wp-content\/uploads\/2026\/10\/1001235881.webp 1200w\" sizes=\"(max-width: 1024px) 100vw, 1024px\" \/><figcaption class=\"wp-element-caption\">El l\u00edder del PP, Alberto N\u00fa\u00f1ez Feij\u00f3o, en el programa de Carlos Herrera de Cope, este martes<\/figcaption><\/figure>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">\u00bfQu\u00e9 consecuencias jur\u00eddicas tendr\u00eda una restricci\u00f3n contraria a la Constituci\u00f3n?<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Esta es una de las cuestiones centrales del debate. Una cosa es que un partido proponga una reforma electoral y otra, muy diferente, que la medida llegue a aprobarse ya qu\u00e9 vulnera derechos constitucionales.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El ordenamiento espa\u00f1ol establece mecanismos para controlar la constitucionalidad de las leyes y proteger los derechos fundamentales. Si una reforma impusiera una condici\u00f3n de residencia incompatible con la Constituci\u00f3n, podr\u00eda ser objeto de impugnaci\u00f3n y, en su caso, declarada inconstitucional.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>1. Posible vulneraci\u00f3n de los art\u00edculos 23.1 y 68.5 de la Constituci\u00f3n<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El art\u00edculo 23.1 reconoce el derecho de participaci\u00f3n pol\u00edtica mediante elecciones peri\u00f3dicas por sufragio universal. El art\u00edculo 68.5 ordena expresamente facilitar el ejercicio del sufragio a los espa\u00f1oles que se encuentran fuera de Espa\u00f1a.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Una restricci\u00f3n general basada exclusivamente en el tiempo de residencia podr\u00eda suscitar dudas constitucionales si excluyera a ciudadanos espa\u00f1oles del derecho a votar en elecciones al Congreso sin una justificaci\u00f3n objetiva y constitucionalmente suficiente.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La cuesti\u00f3n no ser\u00eda simplemente si el legislador puede regular el voto exterior \u2014facultad que tiene\u2014, sino si puede establecer una barrera que vac\u00ede de contenido o limite de manera desproporcionada un derecho reconocido constitucionalmente.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El an\u00e1lisis tambi\u00e9n tendr\u00eda que considerar el art\u00edculo 14, relativo a la igualdad ante la ley, aunque no toda diferencia de trato entre residentes y no residentes constituye autom\u00e1ticamente una discriminaci\u00f3n inconstitucional.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>2. Una ley ordinaria u org\u00e1nica no puede situarse por encima de la Constituci\u00f3n<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El PP podr\u00eda presentar una iniciativa legislativa y defenderla en las Cortes Generales. Sin embargo, ni una Ley Org\u00e1nica de la Nacionalidad ni una reforma de la Ley Org\u00e1nica del R\u00e9gimen Electoral General pueden prevalecer sobre la Constituci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La naturaleza org\u00e1nica de una norma no la hace inmune al control constitucional. Las leyes org\u00e1nicas est\u00e1n sujetas a la Constituci\u00f3n como cualquier otra disposici\u00f3n legal.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Si una reforma vulnerase los art\u00edculos 23 o 68.5, su aprobaci\u00f3n parlamentaria no impedir\u00eda que fuera recurrida ante el Tribunal Constitucional por los sujetos legitimados y conforme a los procedimientos previstos en la legislaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>3. El Tribunal Constitucional podr\u00eda anular los preceptos inconstitucionales<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Si el Tribunal Constitucional concluyera que la restricci\u00f3n vulnera la Constituci\u00f3n, podr\u00eda declarar inconstitucionales y nulos los preceptos afectados.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Entre las v\u00edas de control figura el recurso de inconstitucionalidad, que pueden interponer los sujetos legitimados por el art\u00edculo 162 de la Constituci\u00f3n y la Ley Org\u00e1nica del Tribunal Constitucional, entre ellos el presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo, cincuenta diputados, cincuenta senadores y determinados \u00f3rganos auton\u00f3micos en los supuestos legalmente previstos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Tambi\u00e9n existe la cuesti\u00f3n de inconstitucionalidad, que puede plantear un \u00f3rgano judicial cuando la validez de una norma con rango de ley resulte determinante para resolver un procedimiento y existan dudas fundamentadas sobre su constitucionalidad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La anulaci\u00f3n no ser\u00eda autom\u00e1tica por el simple hecho de que partidos, asociaciones o ciudadanos denunciaran una vulneraci\u00f3n. Requerir\u00eda una decisi\u00f3n del \u00f3rgano competente mediante el procedimiento correspondiente.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>4. Los ciudadanos afectados podr\u00edan acudir a los tribunales<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Si una restricci\u00f3n legal se tradujera en la exclusi\u00f3n de un ciudadano del censo o en la denegaci\u00f3n de su derecho a votar, podr\u00edan existir v\u00edas de reclamaci\u00f3n ante la Administraci\u00f3n electoral y la jurisdicci\u00f3n competente, de acuerdo con la legislaci\u00f3n electoral aplicable.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En funci\u00f3n de la naturaleza del acto, de los plazos y de los requisitos procesales, los afectados podr\u00edan impugnar decisiones que lesionaran sus derechos electorales. Agotadas las v\u00edas judiciales procedentes y cuando concurriesen los requisitos legales, tambi\u00e9n podr\u00eda plantearse un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional por vulneraci\u00f3n de derechos susceptibles de protecci\u00f3n mediante este procedimiento.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">No obstante, el amparo no constituye una acci\u00f3n general contra cualquier ley: debe dirigirse contra actos, decisiones o resoluciones susceptibles de impugnaci\u00f3n por esta v\u00eda y cumplir sus requisitos legales. El control directo de la constitucionalidad de las leyes corresponde a los procedimientos espec\u00edficos previstos en el ordenamiento.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>5. El conflicto podr\u00eda alcanzar una dimensi\u00f3n europea<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El derecho de sufragio de los espa\u00f1oles en las elecciones generales no debe confundirse con el derecho a votar en las elecciones al Parlamento Europeo o en los comicios municipales de otro Estado miembro.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El Convenio Europeo de Derechos Humanos, en su Protocolo n\u00famero 1, art\u00edculo 3, protege el derecho a elecciones libres en la elecci\u00f3n del poder legislativo. La aplicaci\u00f3n de esa garant\u00eda a una controversia concreta depender\u00eda del alcance de la restricci\u00f3n y de las circunstancias del caso.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Una eventual demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos exigir\u00eda, entre otros requisitos, haber agotado los recursos internos efectivos y respetar los plazos aplicables. No supondr\u00eda una anulaci\u00f3n autom\u00e1tica de la ley espa\u00f1ola ni sustituir\u00eda los procedimientos constitucionales nacionales.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>6. La inseguridad jur\u00eddica y los efectos sobre futuras elecciones<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Una reforma controvertida podr\u00eda provocar litigios sobre la inscripci\u00f3n censal, la exclusi\u00f3n de electores y la aplicaci\u00f3n de los nuevos requisitos. Tambi\u00e9n podr\u00eda generar incertidumbre administrativa y dificultades para los consulados, especialmente si las reglas se modificaran cerca de una convocatoria electoral.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Los efectos concretos depender\u00edan del texto aprobado, de su r\u00e9gimen transitorio, de la fecha de entrada en vigor y de las resoluciones judiciales que pudieran dictarse.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">No ser\u00eda correcto afirmar que cualquier impugnaci\u00f3n suspender\u00eda autom\u00e1ticamente la ley o paralizar\u00eda las elecciones. La suspensi\u00f3n y los efectos de las resoluciones judiciales dependen de las normas aplicables y de las decisiones adoptadas por los \u00f3rganos competentes.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En definitiva, la consecuencia jur\u00eddica m\u00e1s importante es esta: <strong>el legislador puede regular el ejercicio del sufragio, pero no puede hacerlo al margen de los l\u00edmites constitucionales ni vaciar de contenido un derecho fundamental mediante una condici\u00f3n arbitraria o desproporcionada<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Una cuesti\u00f3n pol\u00edtica: \u00bfqui\u00e9n teme el voto exterior?<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La dimensi\u00f3n electoral de la propuesta es inevitable. El voto exterior puede influir en determinados resultados, especialmente en circunscripciones ajustadas, y el crecimiento del CERA ha aumentado su relevancia pol\u00edtica.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Pero<strong> la posibilidad de que un colectivo modifique el resultado de unas elecciones no constituye, por s\u00ed misma, una raz\u00f3n leg\u00edtima para restringir sus derechos<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En <strong>democracia, el sufragio no puede depender de si un partido considera que un grupo de ciudadanos votar\u00e1 a su favor o en su contra<\/strong>. La misma regla debe aplicarse a los espa\u00f1oles residentes en Madrid, Buenos Aires, M\u00e9xico, Par\u00eds, Berl\u00edn o cualquier otro lugar.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Desde una perspectiva cr\u00edtica, la propuesta del PP merece una pregunta inc\u00f3moda: \u00bfse busca mejorar la participaci\u00f3n electoral o reducir el peso de un electorado cuyo comportamiento pol\u00edtico se percibe como desfavorable?<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">No es posible atribuir una intenci\u00f3n concreta sin examinar el texto de la reforma y sus fundamentos. Sin embargo, el contexto pol\u00edtico hace necesario exigir explicaciones claras sobre el alcance de la medida, sus destinatarios y los criterios que justificar\u00edan la restricci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Nacionalidad y ciudadan\u00eda: dos conceptos que no deben confundirse<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La intenci\u00f3n de crear una Ley Org\u00e1nica de la Nacionalidad tambi\u00e9n abre un debate de mayor alcance. Una reforma de este tipo podr\u00eda afectar a los procedimientos de adquisici\u00f3n, conservaci\u00f3n y p\u00e9rdida de la nacionalidad, dependiendo de su contenido.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">No obstante, endurecer los requisitos para adquirir la nacionalidad y restringir el voto de quienes ya son ciudadanos espa\u00f1oles son decisiones diferentes. Deben estudiarse por separado, con sus respectivas consecuencias legales y constitucionales.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>La nacionalidad espa\u00f1ola no deber\u00eda convertirse en una ciudadan\u00eda de segunda categor\u00eda por el lugar de residencia<\/strong>. Quien mantiene legalmente su condici\u00f3n de espa\u00f1ol conserva los derechos que el ordenamiento le reconoce, sin perjuicio de los requisitos espec\u00edficos que puedan establecerse leg\u00edtimamente para determinados procesos electorales.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Conclusi\u00f3n: la democracia tambi\u00e9n debe reconocer a quienes viven fuera<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La emigraci\u00f3n espa\u00f1ola ha contribuido durante generaciones al sostenimiento de familias, al desarrollo econ\u00f3mico y a la proyecci\u00f3n internacional de Espa\u00f1a. Sus integrantes no dejan de formar parte de la comunidad pol\u00edtica por cruzar una frontera.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>La propuesta de Feij\u00f3o obliga a debatir sobre la relaci\u00f3n entre nacionalidad<\/strong>, <strong>residencia y sufragio.<\/strong> Ese debate es leg\u00edtimo, pero debe realizarse con rigor jur\u00eddico, datos comparativos y respeto a los derechos constitucionales.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Si el objetivo es mejorar la calidad de la participaci\u00f3n electoral, existen v\u00edas como reforzar la informaci\u00f3n institucional, simplificar los tr\u00e1mites consulares y facilitar el acceso a los programas electorales. Restringir el derecho al voto por residencia, en cambio, exige justificar con especial cuidado su necesidad, proporcionalidad y compatibilidad con la Constituci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La emigraci\u00f3n espa\u00f1ola no puede convertirse en una ciudadan\u00eda de segunda categor\u00eda. Una persona que conserva legalmente su nacionalidad no deber\u00eda ver cuestionada su capacidad para participar en la vida democr\u00e1tica por el simple hecho de residir en otro pa\u00eds.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>La Constituci\u00f3n no es una herramienta al servicio de los intereses electorales de los partidos: es el marco jur\u00eddico que limita el poder pol\u00edtico y protege los derechos de todos los ciudadanos.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Si una futura reforma vulnerase el derecho de participaci\u00f3n pol\u00edtica o impusiera restricciones incompatibles con la obligaci\u00f3n constitucional de facilitar el voto exterior, corresponder\u00eda a los tribunales y, en \u00faltima instancia dentro del sistema constitucional espa\u00f1ol, al Tribunal Constitucional determinar sus consecuencias jur\u00eddicas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>La democracia espa\u00f1ola no puede medir la ciudadan\u00eda \u00fanicamente por la distancia geogr\u00e1fica. La emigraci\u00f3n forma parte de la historia del pa\u00eds y tambi\u00e9n de su presente<\/strong>. Sus derechos no deber\u00edan convertirse en moneda de cambio de la disputa partidista.<\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator has-alpha-channel-opacity\"\/>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por Francisco L\u00f3pez. An\u00e1lisis pol\u00edtico | Di\u00e1spora espa\u00f1ola, derecho al voto, Constituci\u00f3n y Ley de Memoria Democr\u00e1tica La propuesta de Alberto N\u00fa\u00f1ez Feij\u00f3o, presidente &#8230; <\/p>\n<p class=\"read-more-container\"><a title=\"Feij\u00f3o plantea restringir el voto de los espa\u00f1oles en el exterior: \u00bfuna reforma electoral o un recorte de derechos democr\u00e1ticos?\" class=\"read-more button\" href=\"https:\/\/xn--tuvozdiasporaespaola-k7b.com\/page\/2\/feijoo-plantea-restringir-el-voto-de-los-espanoles-en-el-exterior-una-reforma-electoral-o-un-recorte-de-derechos-democraticos\/#more-16041\" aria-label=\"M\u00e1s en Feij\u00f3o plantea restringir el voto de los espa\u00f1oles en el exterior: \u00bfuna reforma electoral o un recorte de derechos democr\u00e1ticos?\">Leer m\u00e1s<\/a><\/p>\n","protected":false},"author":222560522,"featured_media":16049,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[121854],"tags":[],"class_list":["post-16041","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-consejo-de-residentes-espanoles","resize-featured-image"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/xn--tuvozdiasporaespaola-k7b.com\/page\/2\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/16041","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/xn--tuvozdiasporaespaola-k7b.com\/page\/2\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/xn--tuvozdiasporaespaola-k7b.com\/page\/2\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/xn--tuvozdiasporaespaola-k7b.com\/page\/2\/wp-json\/wp\/v2\/users\/222560522"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/xn--tuvozdiasporaespaola-k7b.com\/page\/2\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=16041"}],"version-history":[{"count":4,"href":"https:\/\/xn--tuvozdiasporaespaola-k7b.com\/page\/2\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/16041\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":16050,"href":"https:\/\/xn--tuvozdiasporaespaola-k7b.com\/page\/2\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/16041\/revisions\/16050"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/xn--tuvozdiasporaespaola-k7b.com\/page\/2\/wp-json\/wp\/v2\/media\/16049"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/xn--tuvozdiasporaespaola-k7b.com\/page\/2\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=16041"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/xn--tuvozdiasporaespaola-k7b.com\/page\/2\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=16041"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/xn--tuvozdiasporaespaola-k7b.com\/page\/2\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=16041"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}