{"id":12617,"date":"2026-02-26T17:50:20","date_gmt":"2026-02-26T20:50:20","guid":{"rendered":"https:\/\/xn--tuvozdiasporaespaola-k7b.com\/page\/2\/?p=12617"},"modified":"2026-02-26T21:21:46","modified_gmt":"2026-02-27T00:21:46","slug":"ingreso-minimo-vital-una-prestacion-para-combatir-la-desigualdad-en-espana","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/xn--tuvozdiasporaespaola-k7b.com\/page\/2\/ingreso-minimo-vital-una-prestacion-para-combatir-la-desigualdad-en-espana\/","title":{"rendered":"Ingreso M\u00ednimo Vital, una prestaci\u00f3n para combatir la desigualdad en  espa\u00f1a."},"content":{"rendered":"\n<p><\/p>\n\n\n\n<p>El Ingreso M\u00ednimo Vital es una prestaci\u00f3n dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusi\u00f3n social de las personas que viven solas o est\u00e1n integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos econ\u00f3micos b\u00e1sicos para cubrir sus necesidades b\u00e1sicas<\/p>\n\n\n\n<p>Este model\u00f3 de  Ingreso M\u00ednimo Vital (IMV) <strong>es una prestaci\u00f3n que exige residencia legal y efectiva en Espa\u00f1a, por lo que salir al extranjero m\u00e1s de 90 d\u00edas al a\u00f1o sin notificar al SEPE <\/strong>conlleva la suspensi\u00f3n o extinci\u00f3n de la ayuda, por lo que desde<strong> la plataforma \u00bb Por Mas Derechos Cres Argentina \u00bb se estima que es necesario la ampliaci\u00f3n hasta 12 meses y no 90 d\u00edas y la asignaci\u00f3n de este Ingreso M\u00ednimo Vital u otro tipo de ayudas similar para residentes de ciudadan\u00eda espa\u00f1ola en el exterior<\/strong>, que cumplan con los requisitos., ya que la actual no cumple con su objetivo.<\/p>\n\n\n\n<p>Este IMV esta  claro que  est\u00e1 vinculada a la residencia en Espa\u00f1a, no dise\u00f1ada para residentes permanentes pero creemos necesario la aplicaci\u00f3n universal sin discriminaci\u00f3n por residir fuera de espa\u00f1a, no se puede catalogar en Espa\u00f1oles de primera o segunda categor\u00eda. <\/p>\n\n\n\n<p>Por lo que lo esta plataforma \u00bb <strong>POR MAS DERECHOS CREs ARGENTINA\u00bb llevar\u00e1 desde sus representaciones en dustintos Consejos de Residentes espa\u00f1oles (CREs) a las distintas comisiones del Consejo General de la Ciudadan\u00eda Espa\u00f1ola en el Exterior ( CGCEE) , para su elevaci\u00f3n al congreso de Diputados de Espa\u00f1a.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>CONTACTO : por.mas.derechos.cres@gmail.com<\/p>\n\n\n\n<p>El Ingreso M\u00ednimo Vital <strong>se ajusta anualmente, se solicita telem\u00e1ticamente en la Sede Electr\u00f3nica de la Seguridad Social y se paga los primeros d\u00edas del mes. Se configura como derecho subjetivo a una prestaci\u00f3n econ\u00f3mica, que forma parte de la acci\u00f3n protectora de la Seguridad Social, y garantiza un nivel m\u00ednimo de renta<\/strong> a quienes se encuentren en situaci\u00f3n de vulnerabilidad econ\u00f3mica. Persigue garantizar una mejora real de oportunidades de inclusi\u00f3n social y laboral de las personas beneficiarias.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image size-large\"><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" width=\"1024\" height=\"759\" src=\"https:\/\/xn--tuvozdiasporaespaola-k7b.com\/wp-content\/uploads\/2026\/02\/1000734208-1024x759.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-12620\" srcset=\"https:\/\/xn--tuvozdiasporaespaola-k7b.com\/wp-content\/uploads\/2026\/02\/1000734208-1024x759.jpg 1024w, https:\/\/xn--tuvozdiasporaespaola-k7b.com\/wp-content\/uploads\/2026\/02\/1000734208-300x223.jpg 300w, https:\/\/xn--tuvozdiasporaespaola-k7b.com\/wp-content\/uploads\/2026\/02\/1000734208-768x570.jpg 768w, https:\/\/xn--tuvozdiasporaespaola-k7b.com\/wp-content\/uploads\/2026\/02\/1000734208.jpg 1080w\" sizes=\"(max-width: 1024px) 100vw, 1024px\" \/><\/figure>\n\n\n\n<p>Opera como una red de protecci\u00f3n dirigida a permitir el tr\u00e1nsito desde una situaci\u00f3n de exclusi\u00f3n a una participaci\u00f3n en la sociedad. Contendr\u00e1 para ello en su dise\u00f1o incentivos al empleo y a la inclusi\u00f3n, articulados a trav\u00e9s de distintas f\u00f3rmulas de cooperaci\u00f3n entre administraciones.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Beneficiarios individuales<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Personas de al menos 23 a\u00f1os que, aunque compartan domicilio con una unidad de convivencia, no se integren en ella, siempre que: <strong>No est\u00e9n casadas, salvo que hayan iniciado los tr\u00e1mites de separaci\u00f3n o divorcio. No est\u00e9n unidas a otra persona como pareja de hecho. No formen parte de otra unidad de convivencia.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Si se trata de personas de entre 23 y 29 a\u00f1os deber\u00e1n haber tenido residencia legal y efectiva en Espa\u00f1a y haber vivido de forma independiente durante al menos los dos a\u00f1os anteriores a la solicitud, salvo que hayan abandonado el domicilio habitual por ser v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero, hayan iniciado tr\u00e1mites de separaci\u00f3n o divorcio u otras circunstancias que se determinen. <\/p>\n\n\n\n<p>Se entiende que una persona ha vivido de forma independiente si acredita que su domicilio ha sido distinto al de sus progenitores, tutores o acogedores durante los dos a\u00f1os y que en dicho periodo ha permanecido durante al menos doce meses, continuados o no, de alta en la Seguridad Social, Clases Pasivas del Estado o una mutualidad alternativa al R\u00e9gimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Aut\u00f3nomos.<\/p>\n\n\n\n<p>Si se trata de personas mayores de 30 a\u00f1os deber\u00e1n acreditar que, durante el a\u00f1o inmediatamente anterior a dicha fecha, su domicilio en Espa\u00f1a ha sido distinto al de sus progenitores, tutores o acogedores, salvo que el cese de la convivencia con los progenitores, tutores o acogedores se hubiera debido al fallecimiento de estos. <strong>Mujeres mayores de edad v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero o v\u00edctimas de trata de seres humanos y explotaci\u00f3n sexual.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Personas de entre 18 y 22 a\u00f1os que provengan de centros residenciales de protecci\u00f3n de menores de las diferentes Comunidades Aut\u00f3nomas, habiendo estado bajo la tutela de Entidades P\u00fablicas<\/strong> de protecci\u00f3n de menores dentro de los tres a\u00f1os anteriores a la mayor\u00eda de edad, o sean hu\u00e9rfanos absolutos, siempre que vivan solos sin integrarse en una unidad de convivencia.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Personas sin hogar.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>No tienen derecho a la prestaci\u00f3n las personas usuarias de una prestaci\u00f3n de servicio residencial, de car\u00e1cter social, sanitario o sociosanitario, con car\u00e1cter permanente, salvo en el supuesto de mujeres v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero o v\u00edctimas de trata de seres humanos y explotaci\u00f3n sexual.<\/p>\n\n\n\n<p>Titulares de la unidad de convivenciaLos titulares del IMV, es decir, las personas que perciben la prestaci\u00f3n en nombre de la unidad de convivencia y la representan, deber\u00e1n tener capacidad jur\u00eddica y una edad m\u00ednima de 23 a\u00f1os.Tambi\u00e9n podr\u00e1n ser titulares, siempre que tengan capacidad jur\u00eddica, las personas mayores de edad o menores emancipados, cuando tengan hijos o menores en r\u00e9gimen de guarda con fines de adopci\u00f3n o acogimiento familiar permanente o los hu\u00e9rfanos absolutos cuando sean los \u00fanicos miembros de la unidad de convivencia y ninguno de ellos alcance la edad de 23 a\u00f1os.<\/p>\n\n\n\n<p>Unidad de convivenciaLa unidad de convivencia est\u00e1 formada por todas las personas que vivan en un mismo domicilio, unidas por v\u00ednculo matrimonial, como pareja de hecho, o por v\u00ednculo hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad, adopci\u00f3n, y otras personas con las que conviva en virtud de guarda con fines de adopci\u00f3n o acogimiento familiar permanente.<\/p>\n\n\n\n<p>Se considerar\u00e1 pareja de hecho, a estos efectos, la constituida con an\u00e1loga relaci\u00f3n de afectividad a la conyugal con al menos dos a\u00f1os de antelaci\u00f3n, por quienes, no hall\u00e1ndose impedidos para contraer matrimonio, no tengan v\u00ednculo matrimonial con otra persona y hayan convivido de forma estable y notoria con car\u00e1cter inmediato a la solicitud de la prestaci\u00f3n y con una duraci\u00f3n ininterrumpida no inferior a cinco a\u00f1os.<\/p>\n\n\n\n<p>Podr\u00e1n ser beneficiarias de la prestaci\u00f3n las personas que, sin integrarse en la unidad de convivencia o integradas en una unidad de convivencia independiente, residan en el mismo domicilio con otras con las que tengan alguno de los v\u00ednculos de parentesco se\u00f1alados.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image size-full is-resized\"><img decoding=\"async\" width=\"650\" height=\"433\" src=\"https:\/\/xn--tuvozdiasporaespaola-k7b.com\/wp-content\/uploads\/2026\/02\/1000734217.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-12621\" style=\"width:840px;height:auto\" srcset=\"https:\/\/xn--tuvozdiasporaespaola-k7b.com\/wp-content\/uploads\/2026\/02\/1000734217.jpg 650w, https:\/\/xn--tuvozdiasporaespaola-k7b.com\/wp-content\/uploads\/2026\/02\/1000734217-300x200.jpg 300w\" sizes=\"(max-width: 650px) 100vw, 650px\" \/><\/figure>\n\n\n\n<p> Para ello deber\u00e1n encontrarse en alguno de estos supuestos:<\/p>\n\n\n\n<p>a) Cuando una mujer, v\u00edctima de violencia de g\u00e9nero, haya abandonado su domicilio familiar habitual acompa\u00f1ada o no de sus hijos o de menores en r\u00e9gimen de guarda con fines de adopci\u00f3n o acogimiento familiar permanente.<\/p>\n\n\n\n<p>b) Cuando con motivo del inicio de los tr\u00e1mites de separaci\u00f3n, nulidad o divorcio, o de haberse instado la disoluci\u00f3n de la pareja de hecho formalmente constituida, una persona haya abandonado su domicilio familiar habitual acompa\u00f1ada o no de sus hijos o menores en r\u00e9gimen de guarda con fines de adopci\u00f3n o acogimiento familiar permanente. En el supuesto de parejas de hecho no formalizadas que hubieran cesado la convivencia, la persona que solicite la prestaci\u00f3n deber\u00e1 acreditar, en su caso, el inicio de los tr\u00e1mites para la atribuci\u00f3n de la guarda y custodia de los menores.<\/p>\n\n\n\n<p>c) Cuando se acredite haber abandonado el domicilio por desahucio, o por haber quedado el mismo inhabitable por causa de accidente o de fuerza mayor, as\u00ed como otros supuestos que se establezcan reglamentariamente.En los supuestos previstos en los apartados b) y c) \u00fanicamente cabr\u00e1 la consideraci\u00f3n como unidad independiente durante los tres a\u00f1os siguientes a la fecha en que se hubieran producido los hechos indicados en cada una de ellas.<\/p>\n\n\n\n<p>Cuando convivan en el mismo domicilio personas entre las que no concurran los v\u00ednculos de parentesco se\u00f1alados, podr\u00e1n ser titulares del ingreso m\u00ednimo vital aquella o aquellas que se encuentren en riesgo de exclusi\u00f3n social, circunstancia que debe ser acreditada por los servicios sociales o por entidades del tercer sector inscritas en el registro de mediadores sociales del ingreso m\u00ednimo vital.<\/p>\n\n\n\n<p>Cuando se trate de personas que figuren empadronadas en establecimientos colectivos, o por carecer de techo y residir habitualmente en un municipio, figuren empadronadas en un domicilio ficticio, la unidad de convivencia estar\u00e1 constituida por las personas unidas entre s\u00ed por v\u00ednculo matrimonial, como pareja de hecho, y, en su caso, con sus descendientes menores de edad hasta el primer grado de consanguinidad, afinidad, adopci\u00f3n o en virtud de r\u00e9gimen de acogimiento familiar permanente o guarda con fines de adopci\u00f3n. Los descendientes citados podr\u00e1n ser hasta el segundo grado si no estuvieran empadronados con sus ascendientes del primer grado.<\/p>\n\n\n\n<p>La unidad de convivencia debe estar constituida de forma continuada durante al menos los seis meses anteriores a la presentaci\u00f3n de la solicitud.<\/p>\n\n\n\n<p>Se considerar\u00e1 que no rompe la convivencia la separaci\u00f3n transitoria por raz\u00f3n de estudios, trabajo, tratamiento m\u00e9dico, rehabilitaci\u00f3n, u otras circunstancias similares.Una misma persona no puede formar parte de m\u00e1s de una unidad de convivencia<\/p>\n\n\n\n<p>En este enlace  podr\u00e1 acceder a un resumen de los aspectos m\u00e1s importantes de la regulaci\u00f3n legal del ingreso m\u00ednimo vital. Adem\u00e1s, puede utilizar los servicios siguientes sobre esta prestaci\u00f3n y simuladores, asi como respuesta a las preguntas m\u00e1s frecuentes sobre el ingreso m\u00ednimo vital.<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"https:\/\/imv.seg-social.es\/\" data-type=\"link\" data-id=\"https:\/\/imv.seg-social.es\/\">https:\/\/imv.seg-social.es\/<\/a><\/p>\n\n\n\n<p>Nota por mas derechos , Fuentes ministerio <\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Ingreso M\u00ednimo Vital es una prestaci\u00f3n dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusi\u00f3n social de las personas que viven solas o &#8230; <\/p>\n<p class=\"read-more-container\"><a title=\"Ingreso M\u00ednimo Vital, una prestaci\u00f3n para combatir la desigualdad en  espa\u00f1a.\" class=\"read-more button\" href=\"https:\/\/xn--tuvozdiasporaespaola-k7b.com\/page\/2\/ingreso-minimo-vital-una-prestacion-para-combatir-la-desigualdad-en-espana\/#more-12617\" aria-label=\"M\u00e1s en Ingreso M\u00ednimo Vital, una prestaci\u00f3n para combatir la desigualdad en  espa\u00f1a.\">Leer m\u00e1s<\/a><\/p>\n","protected":false},"author":222560522,"featured_media":12622,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[121854],"tags":[],"class_list":["post-12617","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-consejo-de-residentes-espanoles","resize-featured-image"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/xn--tuvozdiasporaespaola-k7b.com\/page\/2\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/12617","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/xn--tuvozdiasporaespaola-k7b.com\/page\/2\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/xn--tuvozdiasporaespaola-k7b.com\/page\/2\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/xn--tuvozdiasporaespaola-k7b.com\/page\/2\/wp-json\/wp\/v2\/users\/222560522"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/xn--tuvozdiasporaespaola-k7b.com\/page\/2\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=12617"}],"version-history":[{"count":5,"href":"https:\/\/xn--tuvozdiasporaespaola-k7b.com\/page\/2\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/12617\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":12644,"href":"https:\/\/xn--tuvozdiasporaespaola-k7b.com\/page\/2\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/12617\/revisions\/12644"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/xn--tuvozdiasporaespaola-k7b.com\/page\/2\/wp-json\/wp\/v2\/media\/12622"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/xn--tuvozdiasporaespaola-k7b.com\/page\/2\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=12617"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/xn--tuvozdiasporaespaola-k7b.com\/page\/2\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=12617"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/xn--tuvozdiasporaespaola-k7b.com\/page\/2\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=12617"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}