Redacción de Argentina.
Hoy en dia la pregunta mas frecuente tras la incorporacion de la Ley de Memoria Democrática (hoy ya cerrada) es como puedo adquirir , conservar , por que motivos perder este derecho o como recuperar la nacionalidad española.
Tratemos en este artículo tras consultar algunas páginas de consulados, que hacer y como para dar información a los cerca de 1.700.000 personas esañolas que integraran esta comunidad de la Diáspora solamente en Argentina y que sumando el resto del mundo reoresentaran cerca de 4.000.000 con ciudadanía española con derechos y obligaciones.
Todo esto a pesar de que los posteos en redes sociales de la derecha española del Partido Popular y la ultraderecha de VOX, se pasen diciendo que esta ley y las personas nuevas con ciudadnia española es una adulteración de los verdaderos españoles, tal vez su discurso antimigrante no soporte ver personas de otro color de piel o con acentos latinos en su España aria y pura.
O tal vez no soporten que la provincia de Buenos Aires y CABA dependientes dell consulado de BUENOS AIRES sera la tercera ciudad de España, por detrás de Madrid o Barcelona, creo que esta apreciación les pone nerviosos ya que en la derecha y ultraderecha su politica estrella es el odio a los latinos y a una ley que les devolvió la potestad de decidir dónde quieren vivir , todo gracias al último gobierno del PSOE y UNIDAS PODEMOS que les plantó cara al fachorio y les devolvió lo que en algun momento las políticas franquistas les arrebataron, cuando se quejen de la atención y pongan en cuestinamiento a quenes les dieron sus derechos rs bueno re ordar en que lado se situaron los y las politicas.
Vallamos a como resolver problemas y pidamos mas personal, que seguro en este 2026 se irán cerrando pedidos y solicitudes.
1-ADQUISICIÓN
Mi padre o madre es español y yo he nacido en Argentina. ¿Puedo adquirir la nacionalidad española?
Según lo establecido por la normativa vigente, podrá adquirir la nacionalidad española en los siguientes supuestos:Si es mayor de 21 años, nacido antes del 9/01/1985, y su padre o madre, nacido fuera de España, adquirió la nacionalidad española antes de que usted naciese.
Si es menor de 21 años y su padre o madre, nacido fuera de España, adquirió la nacionalidad española antes de que usted naciese.
Si es menor de 20 años y su padre o madre, nacido fuera de España, adquirió la nacionalidad española después de que usted naciese.
Si su padre o madre es español y nació en España. En este supuesto, en principio, podrá adquirir la nacionalidad española sin límite de edad.
¿Puedo adquirir la nacionalidad española siendo nieto de español o española? Si el interesado tiene 20 años o más y es descendiente de españoles en grado de nieto, bisnieto, tataranieto o sucesivos, no podrá adquirir la nacionalidad española, aunque su padre o madre la hubiese adquirido después del nacimiento del interesado o todavía pudiese adquirirla.
El interesado sólo podrá adquirir la nacionalidad española por residencia legal en España (para residir en España, ha de solicitar un visado).
¿Qué ocurre si mi progenitor se naturalizó argentino? Si su padre o madre nació en España pero se naturalizó argentino, puede usted, pese a ello, adquirir la nacionalidad española.
¿Qué documentación he de presentar para solicitar la nacionalidad española? Ha de solicitar su inscripción de nacimiento y nacionalidad española en el Registro Civil Consular correspondiente a su lugar de nacimiento.
Puede informarse en el apartado “Registro Civil” del sitio web del Consulado General correspondiente.
No estoy seguro de cumplir los requisitos para adquirir la nacionalidad española. ¿Cómo puedo plantear una consulta?
Si desea consultar si se encuentra incluido entre las personas con derecho a adquirir la La ciudadanía española, puede plantear su consulta mediante el “formulario de consulta sobre la posibilidad de adquisición de la nacionalidad española”, disponible en el apartado “Registro Civil” del sitio web de este Consulado General.
Una vez completado, ha de enviar por correo electrónico a su consulado corrwspondiente y respondereran a su consulta, planteada mediante el formulario, a la mayor brevedad posible.
Si adquieres la nacionalidad española, ¿pierdo la nacionalidad argentina? No perderá la nacionalidad argentina por adquirir la española.
Soy español, ¿puede mi cónyuge adquirir la nacionalidad? Si es español y su pareja y usted residen fuera de España, su cónyuge no podrá adquirir la nacionalidad española. Para que su cónyuge adquiera la nacionalidad española, es necesario que ambos trasladen su residencia a España.
¿Cómo obtener el pasaporte español? Si su nacimiento no fue inscrito en un Registro Civil español (en España o en una Embajada o Consulado de España en el exterior), ha de solicitar la inscripción de su nacimiento y nacionalidad española en el Registro Civil Consular correspondiente a su domicilio, así como su alta en el Registro de Matrícula Consular. Una vez realizados ambos trámites, podrá solicitar un pasaporte español.
2 CONSERVACIÓN
¿Debo conservar la nacionalidad española? Si usted es español y cumple todos los siguientes criterios, debe manifestar su voluntad de conservar la nacionalidad española antes de cumplir 21 años:
.- Su padre o madre español nació fuera de España.i
.- Su padre o madre ostentaba la nacionalidad española en el momento en que usted nació.
Nació después del día 9 de enero de 1985. Usted ya ha cumplido 18 años (mayoría de edad), pero todavía no tiene 21 años. Usted reside en el país en el que nació y que le otorga su otra nacionalidad (nació en Argentina, ostenta la nacionalidad argentina y reside en Argentina). Si no realiza esta manifestación de voluntad, perderá la nacionalidad española.
¿Cómo manifiesto mi voluntad de conservar la nacionalidad española? Si se encuentra incluido entre las personas que han de manifestar su voluntad de conservar la nacionalidad española, ha de ponerse en contacto con este Consulado General enviando un correo electrónico al consulado correspondiente para indicarle el procedimiento para realizar la manifestación de voluntad.

3 PÉRDIDA Y RECUPERACIÓN
¿Puedo perder la nacionalidad española? Los españoles perderán la nacionalidad en caso de que:
• Estén emancipados, residan en el extranjero y adquieren voluntariamente otra nacionalidad. Pueden evitar esta pérdida si en el plazo de tres años declaran su voluntad deconservar su nacionalidad. La adquisición de la nacionalidad de países iberoamericanos (incluyendo Argentina), Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal no es bastante paraproducir por esta causa la pérdida de la nacionalidad española.
• Estén emancipados, residan en el extranjero y durante tres años utilicen exclusivamente lanacionalidad que tuvieran atribuida antes de la emancipación.
Pueden evitar esta pérdida si en el plazo de tres años declaran su voluntad de conservar su nacionalidad. La Adquisición de la nacionalidad de países iberoamericanos (incluyendo Argentina), Andorra,Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal no es bastante para producir por esta causa la pérdida de la nacionalidad española.
• Están emancipados, tengan otra nacionalidad, residan habitualmente en el extranjero y renuncien voluntariamente a la nacionalidad española.
• Hayan nacido en el extranjero y sean españoles por haber nacido de padre o madre español/a también nacido en el extranjero: perderán la nacionalidad española si en el plazo de tres años desde la emancipación o mayoría de edad no declaran su voluntad de conservar la nacionalidad española.
Los españoles que no lo sean de origen (por ejemplo, los que han adquirido la nacionalidad española por residencia en España u opción) perderán la nacionalidadespañola si:
• Después de adquirir la nacionalidad española utilizan durante un plazo de tres años la nacionalidad a la que hubieran renunciado al adquirir la española.
• Cuando entren voluntariamente al servicio de las armas o ejerzan un cargo político en un Estado extranjero contra la expresa prohibición del gobierno.
• Cuando una sentencia declare que el interesado incurrió en falsedad, ocultación o fraude en la adquisición de la nacionalidad española.
He perdido la nacionalidad española. ¿Puedo recuperarla? Quienes hayan perdido la nacionalidad española podrán recuperarla residiendo en España (para ello, han de solicitar un visado). Este requisito no será de aplicación a los emigrantes ni a los hijos de emigrantes españoles.
En los demás casos, el requisito de residencia legal en España podrá ser dispensado por el Ministerio de Justicia cuando concurran circunstancias excepcionales que lo justifiquen. .
Preguntas y respuestas , derechos y obligaciones, esa es la realidad , la diáspora española es grande y numerosas con diferentes culturas de distintos paises, pero tambien agradecida de que por fin un gobierno progresista les diera un derecho , olvidado por el franquismo de la españa en blanco y negro y su odio fascista, que prefirio que España se cerrará al mundo para conservar sus privilegios.
Hoy en el Partido Popular y VOX recupera sus viejas costumbres y un odio a lo latino y la diversidad que representa esta diáspora española plurinacional, que recupera su identidad a pesar de la oposición e estigmaticacion de la derecha y la ultraderecha.
