Redacción revista TU VOZ, Argentina.
Muchas personas ahora con la ley de memoria democrática pueden obtener la nacionalidad española pero otras muchas están casados con un español o españolas y se hacen innumerables preguntas : ¿cuánto tiempo de residencia necesito para poder solicitar la nacionalidad española? ¿Es necesario un año de residencia, un año de matrimonio o ambos?Estoy casado con un español, ¿cuánto tiempo de residencia necesito para poder solicitar la nacionalidad española? ¿Es necesario un año de residencia, un año de matrimonio o ambos?
Imtentatemos en este articulo dar informacion a los y las miles de españoles que obtienen la nacionalidad por la ley de memoria democrática y se preguntan ¿ahora mi pareja puede ser española?, el incremento de la población inmigrante en España ha dado lugar también al incremento matrimonios entre ciudadanos extranjeros y españoles , asi como personas que obtiene la Nacionalidad por la ley de Memoria Democrática.
Cómo es de dominio público, cuando un ciudadano extranjero contrae matrimonio con un español se convierte en su familiar, y por lo tanto, con oportunidad de conseguir una tarjeta de residencia (Tarjeta Comunitaria) que le permite reunirse o acompañar a su cónyuge en nuestro país.
Es habitual, sobre todo entre los españoles, la creencia de que, cuando un extranjero se casa con un español se le da automáticamente la nacionalidad española. Nada más lejos de la realidad. El extranjero no obtiene la nacionalidad de forma automática al casarse con un español, ni siquiera la residencia legal se obtiene de forma automática.
Pese a su condición de cónyuge de español, este extranjero debe cumplir una serie de requisitos mínimos de integración, buena conducta, medios de vida, etc, para poder convertirse en español de pleno derecho. Además, el extranjero casado con español no puede pedir la nacionalidad cuando quiera, sino que nuestra normativa le exige que tenga un año de matrimonio y un año de residencia legal y continuado anterior a la solicitud (con tarjeta de residencia).
Ambos requisitos de tiempo son exigibles para realizar la solicitud, no para que sea concedida la nacionalidad. De esta forma, cuando un extranjero se ha casado con un español y ya lleva un año con su matrimonio y también tiene un año de tarjeta de residencia, a partir de ese momento podrá solicitar la nacionalidad española y, una vez solicitada, el Ministerio de Justicia evaluará si ese extranjero cumple con los requisitos para ser español y tener un DNI y Pasaporte español.
Por lo tanto, no basta con estar casado, no basta con tener hijos españoles. Conseguir la nacionalidad española exige, primero el respeto a los plazos de procedimiento, a la presentación cumplidos esos plazos mínimos y al cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos, sin excepción. La falta de cumplimiento de algún requisito será motivo de denegación de la nacionalidad.
Por ejemplo, si un extranjero lleva casado 10 años con un español, tiene hijos de nacionalidad española, trabajo en España, perfectamente integrado pero ha tenido un problema de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas que le ha ocasionado la retirada del carnet de conducir y antecedentes penales, NO conseguirá la nacionalidad española.
Otro ejemplo, el mismo extranjero que lleva 5 años viviendo en España con su familia, con trabajo, sin antecedentes penales, perfectamente integrado, pero que olvidó renovar su tarjeta comunitaria y tuvo que conseguir una nueva y, a la hora de solicitar la nacionalidad española no llega al año con su nueva tarjeta.
La nacionalidad le será denegada por no cumplir el año mínimo de residencia legal y continuado anterior a la solicitud de nacionalidad.Casos como estos último ha muchos y, como decimos, no es cierta la creencia de que por el simple hecho de estar casado con un español vas a conseguir la nacionalidad española.
El procedimiento se podrá iniciar antes, asi contaremos con mayor grado de integración que el resto de extranjeros residentes, pero eso no quiere decir que se nos vaya a conceder la nacionalidad automáticamente o con una seguridad al 100%.
Requisitos para solicitar Nacionalidad española por matrimonio: Pasaporte y NIE en vigor.
a)El certificado de empadronamiento familiar.
b)El certificado de nacimiento del país de origen, debidamente apostillado o legalizado y traducido.
c)El Certificado de nacimiento de español o española (de la persona con la que se está casada).
d)Se necesitará el certificado de matrimonio actualizado.
e)Los antecedentes penales del país de origen, también apostillados o legalizados y debemos tener en cuenta que tienen que tener menos de 3 meses de vigencia.
f)Si tenemos hijos menores de 18 años, deberemos aportar sus certificados de nacimiento.
g)Debemos examinarnos de la prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales: CCSE y la prueba de conocimiento del idioma español: DELE en caso de que la lengua materna no sea el castellano.
h)También podremos aportar nuestros medios económicos, como nuestro contrato de trabajo, nominas y declaraciones de la renta.
El Derecho a la solicitud de la nacionalidad rsta reconocido en Código Civil en su artículo 22.2 d); Estipula que: “Bastará el tiempo de residencia de un año para: d) El que al tiempo de la solicitud llevare un año casado con español o española y no estuviere separado legalmente o de hecho.” solo faltaría cumplir con los requisitos y tener la documentación y ya seras ciudadano o ciudadana española.