Ley de Extranjería incluye el estatuto de familiar

Redacción revista TU VOZ, Mendoza, Argentina.

El borrador del nuevo reglamento del ciudadano español, facilita el reagrupamiento en España de familias en las que no todos sus integrantes tengan la nacionalidad española, declaro la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones Elma Saiz tras la reunión de la Conferencia Sectorial de Inmigración del pasado 22 de julio, un borrador que recoge muchas propuestas de los Consejo de Residentes Españoles, del Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior y de partidos políticos con implantación Exterior como PODEMOS o el propio partido de la Ministra Elsa Saiz del PSOE.

El borrador del nuevo reglamento de la Ley de Extranjería incluye la creación de la figura del estatuto del familiar de ciudadano español que se aplicará a aquellas personas de nacionalidad extranjera que mantengan una relación familiar con un nacional español.

Aunque posiblemente tendrá dificultades nuevamente para aprobarlo. Ya este pasado 23 de Julio hemos visto en el Congreso como la derecha y ultraderecha tumbo la Ley de extranjeria con apoyo del PP, Junts y VOX . Una reforma de ley que había presentado el gobierno progresista y sus aliados junto a Coalición Canaria en el Congreso de los Diputados para reformar la ley vigente, con el objetivo de establecer un reparto vinculante de menores migrantes no acompañados entre las comunidades autónomas para aliviar zonas tensionadas como Canarias.

Con 177 votos en contra, 171 a favor y 1 abstención, el intento de tramitar esta propuesta en la Cámara Baja ha fracaso al no haber contado finalmente con el apoyo del PP, que una vez mas demostro su lado racista , ni de Junts la derecha burguesa catalana ultranacionalista.

Esto nos lleva a proveer una nueva negativa y que nuevamente los intereses políticos de un Partido Popular, con un líder como Feijóo sin programa ni propuestas y que centra toda su política solo en el negacioismo y en un giro a la ultraderecha para recortar espacios a VOX, aparte de pedir la dimision de Pedro Sanchez nombrar el falso caso de corrupción de Begoña o pregonar un Racismo nunca visto. No se le vio ni una sola propuesta politica o de gobierno, tal vez porque España está en una fase de crecimiento económico y laboral y no tenga opción para propuestas , sólo levantar fantasmas de corrupción como lo hizo con PODEMOS, precisamente el PARTIDO POPULAR de Feijóo, con más condenas y sentencias afirmativas por corrupción de España.

Ya voto el Partido Popular de Feijóo en contra de la Ley de Memoria Democrática, junto a VOX para evitar que muchos españoles y españolas pudieran obtener la ciudadanía , si no hubiera sido por el gobierno progresista de PSOE- PODEMOS, jamas se hubiera conseguido una Ley que hace Justicia, ahora seguramente nuevamente miraran de reojo este nuevo Reglamento del ciudadano de España, en la Ley de Extranjería , que permite el acceso a los permisos de residencia de manera sencilla y ágil para los familiares sin la nacionalidad española (especialmente cónyuges e hijos) es una de las reclamaciones más demandadas por muchos retornados, de diversas edades, una vez que regresan a España.

La obtención de los permisos de residencia para estos familiares, junto con el acceso a la vivienda y la homologación de títulos, es uno de los principales obstáculos con los que se encuentran quienes desean retornar o ya lo han hecho. En el borrador del nuevo reglamento de la Ley de Extranjería, que está en proceso de audiencia pública en estos momentos, se recoge la figura del estatuto de familiar de ciudadano español al que se le dará un tratamiento específico y diferenciado respecto al resto de personas extranjeras a la hora de acceder a los permisos de residencia.

En la exposición de motivos del nuevo reglamento se recuerda que ya en la reforma del mismo aprobada en julio de 2022 se ampliaba la figura del arraigo familiar a aquellas personas que, estando en España, tenían un vínculo con un ciudadano español en la forma de cónyuge, pareja de hecho acreditada, ascendientes o descendientes.

Sin embargo, indica el borrador, “esta figura se ha encontrado con importantes limitaciones. Su carácter excepcional y su propia configuración como arraigo hacen que no sea posible hablar propiamente de un estatuto de familiar de ciudadano español completo. A modo de ejemplo, no se contemplaba la reagrupación con fines de residencia cuando el familiar se encontraba en su país de origen o de procedencia, no se regulaba que ocurría si se rompía el vínculo familiar o la posibilidad de que el familiar pudiera reagrupar”.

Por ese motivo, “se ha considerado la necesidad de regular el estatuto de familiar de un ciudadano español de forma específica en este nuevo Reglamento fuera de la figura de arraigo familiar. Dejando la figura de arraigo familiar para regular los supuestos de progenitores de ciudadanos comunitarios”.

Así, los artículos del 93 al 99 del Capítulo VII del Título IV del borrador del nuevo reglamento se dedican a la Residencia temporal de familiares de ciudadanos españoles y en ellos se establecen los requisitos, documentación y procedimientos específicos para que estas personas obtengan la residencia temporal en España.

Cabe destacar que en este borrador el permiso de residencia tendrá una duración máxima de 5 años y que mientras se tramita la solicitud los afectados contarán con una autorización provisional para permanecer en España y que habilitará para el desarrollo de actividades laborales o profesionales por cuenta propia o ajena.

Se establece un procedimiento diferente según la solicitud la realice un ciudadanía española en territorio nacional y el familiar esté en el estado de origen y procedencia y ambos pretendan fijar su residencia en España; cuando la realice la persona extranjera cuando el ciudadano español y el familiar estén fuera de España y tengan previsto fijar su residencia en el país; y un procedimiento excepcional en determinados casos en los que los familiares del ciudadano español se encuentren en España y puedan solicitar por sí mismos la autorización de residencia temporal.

Continua el borrador «dependiendo de los casos, la solicitud se presentará ante la oficina consular correspondiente o ante la Oficina de Extranjería. El plazo para resolver las solicitudes realizadas ante la Oficina de Extranjería será de 45 días naturales, si bien la concesión de la autorización no será efectiva hasta que se produzca la obtención del visado y la entrada en España de su titular«.

En este sentido, en el artículo 41 del borrador de reglamento se establece el procedimiento para la obtención del visado de residencia de familiares de ciudadanos españoles. El borrador del nuevo reglamento de la Ley de Extranjería fue presentado por la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, en la reunión de la Conferencia Sectorial de Inmigración que se celebró en Madrid el pasado 22 de julio entre el Gobierno central y los responsables en la materia de los ejecutivos autonómicos.

Según explicó el ministerio , el nuevo reglamento “abre puertas que antes estaban cerradas con tres llaves: formación, empleo y familia” y además simplifica el sistema de autorizaciones y los procedimientos, evita duplicidades, elimina burocracia y agiliza trámites.Como se indicó, este borrador está ahora mismo en el trámite de audiencia pública y la fecha límite para presentar aportaciones finaliza el próximo 10 de septiembre.

Aunque lamentamos nuevamente que el Partido Popular y VOX realicen frente común en los derechos de la Diadpora y sus cónyuges e hijos e hijas , alineandose con los incitadores a la xenofobia y al lenguaje exclusivo de los y las sudacas, resumiendo Racismo.

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