El número de españoles que residen fuera de las fronteras de nuestro país es una cifra al alza desde los últimos años.
Según los datos del Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero (PERE), hasta el 1 de agosto de 2024, la cantidad total sufrió un incremento si se compara con las cifras del 1 de agosto de 2023. En el caso de que estos ciudadanos también hayan realizado su trabajo en otro país distinto a España y después de un tiempo decidan regresar a nuestro país, el Servicio Público de Estatal del Empleo (SEPE) les ofrece una serie de prestaciones.
El Ministerio de Trabajo tiene a disposición de los emigrantes retornados cinco tipos de subsidios o ayudas a las que el demandante se puede acoger. Sin embargo, para poder beneficiarte de ellas, deberás cumplir con una serie de requisitos.
Las presentaciones disponibles son: un subsidio para personas emigrantes retornadas, una renta de inserción para personas emigrantes retornadas (RAI), un subsidio por desempleo para personas emigrantes retornadas mayores de 52 años, una prestación por desempleo para los ciudadanos que cotizaron a la Seguridad Social antes de emigrar y unas ayudas extraordinarias para personas españolas retornadas.
Subsidio para emigrantes retornados.
Se trata de una prestación asistencial al que tienen acceso todos los ciudadanos españoles que hayan vuelto al país después de haber trabajado en el extranjero. Para poder acceder a este subsidio, los solicitantes deben cumplir con una serie de requisitos:
.-Ser una persona desempleada Haber retornado de países no pertenecientes a la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza.
.-Estar inscrito durante un mes como demandante de empleo y mantenerse mientras dure el subsidio Suscribir el compromiso de actividad.
.- Haber trabajado al menos 12 meses en los últimos seis años desde la última salida de España en países no pertenecientes a la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza.
.- No tener derecho al paro Carecer de rentas superiores al 75 % del SMI
RAI para emigrantes retornados.
Se trata de una ayuda extraordinaria para personas que tienen gran dificultad para encontrar trabajo y están en una situación de necesidad económica.
Las personas emigrantes que regresen a España podrán beneficiarse de esta renta si cumplen con los siguientes requisitos:
.-Estar desempleado, estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
.- Tener entre 45 y 65 años.
.-No tener derecho a la prestación contributiva ni al subsidio por desempleo No tener ingresos propios superiores al 75 % del SMI.
.-Que la suma de ingresos por los miembros de la unidad familiar, dividida por el número de ellos no supere el 75 % del SMI.
.- No haberse beneficiado de la RAI en los 365 días naturales anteriores a la fecha de la solicitud.
.- Haber estado trabajando al menos seis meses en el extranjero desde la última salida de España y haber retornado en los 12 meses anteriores a la solicitud
Subsidio retornados mayores de 52
Se trata de una prestación específica para los ciudadanos que estén desempleados y sean mayores de 52 años.
También podrán acceder a este subsidio las personas emigrantes que regresen a España y cumplan con las siguientes demandas:
.-Estar desempleado, estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
.-No tener derecho a paro por cotizaciones que estuvieran acumuladas en los seis años previos a su salida de España.
.- Ser una persona trabajador emigrante retornada de países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo, Australia o Suiza.
.- Haber cotizado al menos seis años Haber trabajado como mínimo 12 meses en los últimos seis años antes de su salida en países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo, Australia o Suiza.
.- Carecer de rentas propias superiores al 75 % del SMI
Paro para emigrantes retornados.
Los ciudadanos a los se les haya terminado un contrato laboral en el extranjero y decidan regresar a España, podrán recibir una prestación por desempleo.
El importe dependerá de la cantidad cotizada y para poder acceder a esta ayuda, los demandantes deben cumplir una serie de requisitos:
.-Tener la nacionalidad española.
.- Encontrarse en una situación de desempleo Inscribirse como demandante de empleo y permanecer en esta mientras se percibe la prestación .
.-Haber cotizado 365 días en España dentro de los seis años anteriores a la fecha de emigración.
.- No percibir una prestación por desempleo en ningún país del Espacio Económico Europeo o Suiza .
.-No haber cumplido la edad ordinaria para poder reclamar la jubilación
Ayudas extraordinarias para retornados.
Estas ayudas van dirigidas a dar respuesta a las necesidades de los españoles retornados, principalmente por los gastos derivados que supone el regreso a nuestro país.
Estas se concederán a los ciudadanos que se encuentren en una situación de necesidad económica que se deberá acreditar mediante un informe de los Servicios Sociales del país en el que se encuentren o por medio de las Subdelegaciones del Gobierno.