El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, a través de la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior y Políticas de Retorno ha convocado una nueva línea de subvenciones destinada a federaciones, asociaciones y centros de españoles en el exterior, con una dotación máxima de 1,4 millones de euros.
Según recoge el extracto de la convocatoria publicado en el Boletín Oficial del Estado, podrán optar a estas ayudas federaciones, asociaciones o centros de españoles en el exterior que cuenten con más de 50 asociados y desarrollen actividades de apoyo a la comunidad española residente fuera de España.
También podrán solicitarlas aquellas entidades cuya finalidad sea la promoción sociocultural y el apoyo a la ciudadanía española en el exterior.
Las organizaciones solicitantes deberán carecer de ánimo de lucro, estar legalmente constituidas, tener su sede radicada en el extranjero y, en su caso, figurar inscritas en el Censo de Asociaciones y Centros (CACE) de la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior y Políticas de Retorno con al menos dos años de antigüedad antes de presentar la solicitud.
El programa de subvenciones está dirigido a apoyar los gastos ordinarios de funcionamiento de estas entidades, así como los costes derivados de reparaciones y mantenimiento de los centros e instalaciones desde los que se desarrollan actividades asistenciales y socioculturales dirigidas a la comunidad española en el exterior.
Principales Ayudas y Subvenciones:
Ayudas a Centros de Mayores y Dependientes: Subvenciones para instituciones que atienden a españoles mayores, con discapacidad o escasos recursos en el extranjero.
Ayudas de Funcionamiento: Financian hasta el 30% de gastos corrientes (alquiler, luz, agua, personal, material) de centros y federaciones, alcanzando hasta el 95% para ciertas federaciones.
Acción Humanitaria: Apoyo social, sanitario, legal y psicológico para la población vulnerable, incluyendo el suministro de material de higiene y alimentación.
Programa Jóvenes: Orientado a la integración social y laboral, formación y prácticas para menores de 35 años.
Prestaciones por Razón de Necesidad: Ayudas económicas para mayores de 65 años o incapacitados con recursos insuficientes.
Además, el gobierno apoya el retorno voluntario y cuenta con subsidios para retornados Subsidio para emigrantes retornados https://share.google/6oYOBdVklec0M1gWT
Desde las Listas POR MAS DERECHOS CREs en los consulsdos de Argentina se apoya la conservación del patrimonio urbanístico e histórico artístico que preserve el legado arquitectónico español articulando con los distintos municipios y gobernaciones, acciones destinadas a este propósito, con la aplicación de la ley de Memoria Democrática, para tener acceso a subvenciones económicas.
El Promover programas de colaboración con Colegios Españoles de enseñanza en Argentina y prioridad para descendientes de Españoles con prioridad de matrícula, en todos los países con representación de los CRE promoveremos que las lenguas cooficiales de España y del castellano sea reforzadas con dotación y subvenciones de profesores.
Tambien proponen la organización de acciones para estudiantes, jóvenes y mayores tales como campamentos y actividades culturales que incentiven los lazos internos y la fortaleza del colectivo e impulsar su coordinación y complementación con actividades en España así como convenios educativos entre universidades españolas y universidades Argentina en colaboración con la Consejería de educación de la Embajada de España
La restauración de los programas sociales del IMSERSO de viajes de vacaciones subvencionados para la tercera edad en los que tengan cabida los españoles, los familiares directos de estos y todos aquellos extranjeros que hayan cotizado y hayan obtenido pensión del sistema de pensiones español.
El incremento de estas subvenciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migracione, tiene que ser una realidad ya que solo en Argentina las personas cin ciudadania sera de 1.700.000 personas, y las listas por mas derechos condidera que no secpuede tener españoles de primera o segunda.

Privación de subvenciones o ayusas por incumplimiento decla Ley de MemoriaDemocrática.
Conforme al ordenamiento jurídico, las administraciones públicas no subvencionará a aquellas personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sancionadas por resolución administrativa firme por atentar, alentar o tolerar prácticas en contra de la memoria democrática, y tengan simbolos Franquistas rn sus instituciones segun los términos y plazos previstos en el título IV de la ley. de Memoria Democrática . «Las administraciones públicas en ningún caso podrán otorgar subvenciones que tengan por objeto la realización de una actividad o el cumplimiento de una finalidad que atente, aliente o tolere prácticas calificadas como infracciones en el título IV de la Ley» .
Detalles de la Convocatoria 2026 ( enlace al final de articulo) :
Plazo: Las solicitudes para los programas de mayores y asociaciones están abiertas, generalmente hasta finales de marzo.
Cuantía: Las ayudas pueden cubrir hasta el 30% de los gastos anuales, con un límite máximo de 40.000 euros.
Justificación: El pago es anticipado, requiriendo justificación documental en los meses posteriores a la actividad.
El plazo de solicitud de la ayuda a Centros de Mayores y Dependientes: es de 15 días hábiles contados a partir de la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), desde el 6 de Marzo.
La cantidad que cada institución puede recibir nunca podra superar los 100.000 euros y solo serán subvencionables actividades cuyo coste sea igual o superior a los 500 euros.
Serán subvencionables los gastos necesarios para el desarrollo de la actividad y se podrán incluir los gastos generales siempre que sean necesarios para la ejecución del proyecto y serán subvencionables en base a costes reales incurridos, soportados por facturas.
En ningún caso estos gastos podrán corresponderse con el total de los gastos de funcionamiento de la entidad debiéndose poder determinar el porcentaje de imputación de los mismos respecto del total a través de un método a prorrata justo y equitativo que debe constar por escrito.
En el caso de residencias y/o centros de día que acojan a personas de diferentes nacionalidades, será necesario indicar el número de residentes de origen español, así como el coste individual por persona en el que se incurre respecto al total, de cara a comprobar la correcta imputación de los gastos.
A la hora de la concesión de la ayuda se tendrá en cuenta la calidad general, contenido y necesidad social del programa, así como el número de personas beneficiadas.
El plazo de ejecución de los programas subvencionados será desde la fecha de resolución de concesión de la subvención hasta el 31 de marzo de 2027. En todo caso, podrán justificarse con cargo a la ayuda recibida los gastos que, en su caso, hayan podido efectuarse con anterioridad a su concesión, siempre que el gasto haya sido efectivamente pagado y se refiera a las actividades incluidas en el programa subvencionado.
En cualquier caso, únicamente podrán ser tenidos en cuenta los gastos realizados a partir de la fecha de publicación en el BOE del extracto de la presente convocatoria.
Para Informarse en el siguiente enlace.
Fuentes: Boletin Oficial, La Región.