Varias publicaciones en la web aseguraron que se Cerraba temporalmente el Consulado de España en Mendoza por seguridad y que la decisión se tomo a raíz de una denuncia presentada por CCOO que recuerda que el pasado 28 de enero falleció una persona al desplomarse un ascensor en el edificio que alberga el Consulado de España en Casablanca.
El Consulado General de España en Mendoza se encuentra en el centro de una controversia debido a informes sobre su posible cierre temporal por “motivos de seguridad”, causando preocupación en los mendocinos que llevan allí sus trámites de ciudadanía.

Sin embargo, las razones son completamente distintas y hasta el mismo cónsul Ramón Blecau Casas, desmintió esas versiones al diario local MDZ» El consulado de España en Mendoza no esta cerrado. Estamos buscando un cambio de sede”, dijo.» A pesar de los informes de los medios españoles sobre el cierre ordenado por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de España.
Además, aseguró que el consulado sigue abierto y atendiendo al público en su ubicación actual en la calle Agustín Álvarez, aunque se está considerando un cambio de sede. Sin embargo, muchas personas se quejaron de que el consulado ha estado cerrado y que no responden a las llamadas telefónicas.
A pesar de estas afirmaciones, el cónsul insistió en que el edificio está operando normalmente y cumpliendo con las citas programadas. De hecho, debido al gran volumen de trámites, el consulado ha ampliado su horario de atención y ha adelantado citas para muchos solicitantes.
Las versiones del cierre comenzaron cuando la Confederación sindical de comisiones obreras (CCOO) de España denunció las malas condiciones de las instalaciones, que representan un riesgo para la seguridad y la salud del personal.
En los informes indicaron que el edificio, construido en 1942, no cumple con las normas de seguridad, especialmente en una zona sísmica, y tiene problemas estructurales que podrían provocar desprendimientos y derrumbes. Ante esta situación, en junio de 2023, CCOO presentó una denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS), que ordenó la paralización de actividades en un consulado debido a “riesgo laboral grave e inminente”.
El problema se agravó con la muerte de una persona tras el desplome de un ascensor en el Consulado de España en Casablanca, lo que evidenció la falta de medidas de seguridad. CCOO exige la reubicación inmediata del Consulado General de España en Mendoza, una intervención urgente en Casablanca y la evaluación de riesgos del Consulado en Londres, para evitar futuros accidentes según se ha podido Preciar en las redes sociales y en la denuncia.

Además, el sindicato CCOO subraya la necesidad de reforzar políticas de prevención y mejorar las condiciones laborales en todas las representaciones exteriores.
En el Consulado se congregan semana a semana decenas de mendocinos que buscan iniciar o continuar sus trámites y allí brindan sus quejas respecto del servicio, sobre todo aquellos que aún no han podido ser atendidos por la alta demanda que hay en las oficinas del Consulado.
Desde que la Ley de Nietos entró en vigencia miles de argentinos han obtenido la ciudadanía española y cabe destacar que en los últimos años hadta la fecha el Gobierno español ha recibido unas 700 mil solicitudes según destacan datos difundidos por los Consulados Generales de España. De hecho, trascendió que por día unas 80 personas en el Consulado de Mendoza solicitan la ciudadanía española.
Quiénes cumplen para obtener la ciudadanía española en la Argentina:
Supuesto 1A: Los nacidos fuera de España cuyo padre, madre, abuelo o abuela sean o hayan sido originariamente españoles.
Supuesto 1B: Los nacidos fuera de España cuyo padre, madre, abuelo o abuela hubiesen perdido o renunciado a la nacionalidad española por causa del exilio.
Supuesto 2: Los nacidos fuera de España de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con un ciudadano extranjero antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978.
Supuesto 3. Los hijos e hijas de quienes optaron a la nacionalidad española en virtud de la Ley de la Memoria Histórica 52/2007 o en virtud de esta Ley de Nietos.
Supuesto 4. Las personas que, siendo hijos/as de padre o madre originariamente español puedan volverse de origen habiendo obtenido la nacionalidad a través del art. 20.1 a) y 20.1.b de C.c.
Estos serian los documentos necesarios para obtener la ciudadanía española Documento que acredite la identidad del solicitante.
Certificación literal de nacimiento del solicitante, expedida por el Registro Civil local en que conste.
Certificación literal española de nacimiento del padre o de la madre de los solicitantes mayores de edad que opten a la nacionalidad española (para hijos de nacionalizados mediante la Ley de 2007 o la de 2022 en caso de presentarse ante un Registro Civil diferente al de los progenitores).
El acta de opción por la nacionalidad española.Partida de nacimiento de los progenitores españoles en caso de que no esté inscripto en el Registro Civil español.
Partida de nacimiento del interesado expedida por el Registro Civil del país de origen, legalizada y con apostilla de La Haya.Acta de matrimonio o partida de nacimiento del padre o madre que no posee la nacionalidad española.Pasaporte español o partida de defunción del progenitor español.
Documento de identidad nacional del progenitor español.Documento de identidad nacional del interesado.
En caso de adopciones, se debe aportar el testimonio completo del trámite junto con la partida de nacimiento del adoptado.