El CGCEE reclama un Estatuto propio para familiares de ciudadanos españoles en la Ley de

El Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior (CGCEE) mediante un escrito remitido a la Subdirección General de Régimen Jurídico del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones un informe, respecto al Proyecto de Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

En este escrito del CGCEE, redactado por la Comisión Técnica de Asuntos Jurídicos del CGCEE ha valorado positivamente en este informe aspectos del actual borrador de la Ley, como el desarrollo de un Estatuto propio para familiares de personas españolas o los visados para búsqueda de empleo para hijos o nietos de personas españolas de origen.

En el texto, se ha prestado especial atención a los artículos que afectan directamente a los familiares de la ciudadanía española, con el fin de garantizar que sus derechos sean protegidos de manera efectiva y se cumplan las normativas europeas y nacionales aplicables. Además, se incluyen consideraciones adicionales respecto al lenguaje no sexista y otros aspectos relevantes.

Destacando entre ellos el establecer un régimen específico para la obtención de visados de residencia y para la tramitación de la residencia temporal por parte de descendientes de españoles análogo al de familiares de ciudadanía española; garantizar la gratuidad en la expedición de visados para familiares de ciudadanía española cuando esta tramitación se realice a través de un proveedor externo, garantizando la coherencia con las normativas europeas y nacionales vigentes; posibilitar para la tramitación de visado la comparecencia por medios telemáticos en vez de presenciales, cuando circunstancias, como la lejanía a la oficina consular, estado de salud, etc., así lo aconsejen.

Temas como reconocer a un familiar que mantenga con la persona española una relación de afectividad análoga a la conyugal y esté inscrita en un registro público establecido a estos efectos, aunque este no se encuentre en un país de la UE, Espacio económico europeo o Suiza todos los derechos.

Tambien el reconocer como familiar de español o española o de su cónyuge a los ascendientes en línea directa, independientemente del grado; facilitar a las mujeres extranjeras víctimas de violencia machista por parte de su pareja española que vivan en el exterior el retorno a España mediante una autorización de residencia temporal; y por último, revisar el lenguaje de la norma, de forma que se utilice un lenguaje no sexista.

Se espera que estas aportaciones sean valoradas y logre adaptar normas y leyes a las necesidades de la Diáspora Española y que no exista ninguna discriminación otorgándole unos beneficios acorde con la realidad actual.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Sitio protegido por Google reCAPTCHA. Ver políticas de privacidad y términos de servicio.

Desarrollo Web Efemosse