¡Cómo votar de forma presencial o por correo, si eres español y residente en el extranjero!

Elecciones Autonómicas. 28 de Mayo de 2023.

¿Tienes dudas de cómo ejercer tu derecho a voto en las próximas Elecciones Autonómicas a celebrase el 28 de mayo del corriente 2023? A continuación, te explicamos, paso a paso, lo que debes de hacer para votar de forma segura y libre, tanto de forma presencial, como si lo quieres hacer por correo.

Las/os españolas/es que vivimos fuera de España volvemos a votar sin voto rogado después de 12 años.

El gobierno de España con todos los partidos políticos del Pacto de Investidura impulsó, junto a otros colectivos, como Marea Granate la derogación del Voto Rogado.

Es un derecho ciudadano el poder decidir quién gobierna en las Comunidades Autónomas españolas estos cuatro próximos años y hay que aprovechar este derecho por lo que invitamos a toda la Diáspora Española a ejercer el derecho a votar en las elecciones autonómicas. 

 ¿Quiénes votan en las elecciones del 28 de mayo?  La ciudadanía de las Comunidades Autónomas de VALENCIA, ARAGÓN, ASTURIAS, CANARIAS, CANTABRIA, CASTILLA LA MANCHA, EXTREMADURA, MADRID, MURCIA, BALEARES, NAVARRA, LA RIOJA y las ciudades de CEUTA y MELILLA.

NO VOTAN las Comunidades Autonómicas de Andalucía, Cataluña, Galicia, País Vasco y Castilla y León.

Pasos a seguir para Votar:

?La Oficina del Censo Electoral de cada provincia enviará la documentación a partir del día 22 y hasta el 28 de abril.

?La misma oficina enviará las papeletas a partir del 3 de mayo y no más tarde del 7 de mayo en aquellas provincias donde no hubiera sido impugnada la proclamación de candidaturas, y en las restantes no más tarde del 13 de mayo.

?Así, toda la documentación para votar debería llegar a la ciudadanía entre el 22 de abril hasta el 13 de mayo inclusive.

?La novedad es que también se podrán descargar todas las papeletas las cuales deberán estar disponibles no más tarde del 7 de mayo.

El Voto por correo: se podrá remitir a cada Consulado hasta el 23 de mayo inclusive.

Serán válidos los sobres recibidos en la Oficina Consular hasta el día 26 de mayo incluido. En cambio, no serán válidos los sobres recibidos antes de la proclamación definitiva de candidaturas.

El Voto en urna: en la Embajada de España y los Consulados de Córdoba, Bahía Blanca, Mendoza, Rosario entre el 20 y el 25 de mayo ambos inclusive. Esto va a ser en Argentina. En el resto de países, consultar en las páginas web de las Legaciones correspondientes.

?En ambos casos se debe incluir fotocopia del pasaporte o DNI españoles o certificación de nacionalidad o de inscripción en el Registro de Matrícula Consular expedida por el Consulado de España en el país de residencia.

Las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral

Enviarán:

?Tres sobres: sobre de votación, sobre dirigido a la Junta Electoral Provincial, sobre dirigido al Consulado o Embajada.

?Dos certificados idénticos que acrediten estar inscrito en el Censo de Electores Residentes Ausentes (CERA) que viven fuera de España.

?Una hoja informativa sobre cómo ejercer el derecho de voto y la dirección de la página web oficial en la que se expondrán las candidaturas y en la que estarán disponibles los juegos de papeletas descargables.

?La información de los lugares habilitados para votar en urna.

VOTO POR CORREO:

La papeleta se introduce en el sobre de votación. Luego en el sobre dirigido a la Junta Electoral Provincial se introduce el sobre de votación con la papeleta; uno de los certificados de estar inscrito en el censo con la firma en reverso del mismo y número de pasaporte o DNI español; fotocopia del pasaporte o del DNI español o certificación de nacionalidad o de inscripción en el Registro de Matrícula Consular expedida por el Consulado de España; ambos sobres se introducen en el sobre dirigido al Consulado o Embajada con el otro certificado de estar inscrito en el censo.

VOTO EN URNA:

Acreditar identidad ante el funcionario del Consulado o Embajada, entregar uno de los certificados de estar inscrito en el censo y luego depositar el sobre dirigido a la Junta Electoral Provincial en la urna. El mismo debe contener el sobre de votación con la papeleta, uno de los certificados de estar inscrito en el censo y fotocopia del pasaporte o DNI.

– Podrán depositar su voto del 20 de mayo hasta el 25 de mayo, ambos incluidos, los siguientes días en los siguientes horarios ( consultar país y Consulado en Internet)

Animamos a todas las personas a votar libremente y en conciencia progresista.

Las papeletas también podrán ser descargadas por los electores en el siguiente enlace: https://sede.ine.gob.es/descarga_candidaturas_elecciones_28-05-2023. El elector podrá consultar los datos de la provincia y/o municipio, si le fuesen requeridos, en la documentación que habrá recibido previamente. La descarga estará disponible hasta el 25 de mayo. Si el elector utiliza esta vía, deberá leer detenidamente la información relevante contenida en la página web aludida.


Modalidades para ejercer el derecho de sufragio:

La reciente reforma del artículo 75 de la LOREG mantiene dos modalidades para ejercer el derecho de sufragio, ya sea mediante voto por correo o mediante voto en urna. Los electores/as tendrán a su disposición, para el supuesto de que no las hubieran recibido en su domicilio, papeletas oficiales, sobres de votación y sobres de envío a la Junta Electoral; además se dispondrá de los medios adecuados para permitir, de manera subsidiaria, la descarga e impresión de papeletas y de certificados del censo electoral.

Redacción Revista TU VOZ, Diáspora Española.

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