BOE , La Ley de Memoria Democrática ya es LEY

Hoy día 20 de Octubre la ley de Memoria Democrática es Ley ya que es publicada en el Boletín Oficial del Estado y se empezara a desarrollar su aplicación.

Esta Ley lleva incluida la reglamentación para Obtener la Nacionalidad Española en los supuestos contemplados a tal fin.

¿Como hacerlo? ¿Quien tiene derecho? ¿Que documentación se necesita? ¿Donde presentarla?, etc… muchas preguntas que encontrarán respuesta.

Ahora será el Ministerio de Asuntos Exteriores en sus delegaciones en el Exterior (Embajadas), las que definirán desde los consulados la aplicación de esta Ley ya publicada en el BOE.

Cabe destacar que no sólo trata la ley de NACIONALIDAD como quieren hacer ver el PP y diferenciar en los CREs, Es mucho más Amplia :

El compromiso del Estado en la búsqueda de desaparecidos de la Guerra Civil y la dictadura franquista y el estudio de posibles vulneraciones de derechos humanos entre 1978 y finales de 1983. Y mantener el recuerdo de las víctimas de la Guerra Civil y la dictadura franquista a través de los principios de «verdad, justicia y reparación», así como fomentar el conocimiento de aquellas figuras individuales y colectivas que hicieron posible la Transición

Además, avanza respecto a la ley de Memoria Histórica aprobada en 2007, durante el mandato de José Luis Rodríguez Zapatero, que incluyó un reconocimiento a las víctimas y la retirada de símbolos de la dictadura, pero no estableció la búsqueda de desaparecidos como política de Estado, algo que sí hace la ley de Memoria Democrática.

1. EL ESTADO ASUME LA BÚSQUEDA DE PERSONAS DESAPARECIDAS

Los desaparecidos asesinados tienen el reconocimiento y derecho a ser identificados y enterrados por sus familias.

La ley establece de forma expresa que la búsqueda de las alrededor de 114.000 personas desaparecidas durante la Guerra Civil y la dictadura corresponderá a la Administración General del Estado, sin perjuicio de las competencias de otras administraciones públicas.

Para ello, el Estado elaborará un mapa de localización de personas desaparecidas y creará un banco estatal de ADN de víctimas de la Guerra Civil y la dictadura para poder comparar perfiles genéticos en la identificación de restos.

La ley prevé además un censo estatal de víctimas con los nombres de aquellas personas fallecidas y de las supervivientes que expresen su consentimiento expreso.

2. EL RÉGIMEN FRANQUISTA SE DECLARARÁ ILEGAL

Francisco Franco fue Ilegal y Genocida.

La ley declara ilegal tanto el régimen franquista como los tribunales franquistas, así como la nulidad de todas sus condenas.

Esta nulidad dará derecho a obtener «una declaración de reconocimiento y reparación personal» a las víctimas del franquismo, que es otra de las novedades que recoge la ley.

3. PREVALENCIA DEL DERECHO INTERNACIONAL FRENTE A LA LEY DE AMNISTÍA

La nueva norma no deroga la Ley de Amnistía de 1977, que asegura que fue un instrumento a favor de «la reconciliación y la construcción de una sociedad democrática avanzada», pero subraya la necesidad de «garantizar el derecho a la verdad de las víctimas de graves violaciones de los derechos humanos o del derecho internacional humanitario, así como las oportunas formas de reconocimiento y reparación».

Para ello, establece que todas las leyes españolas, incluida la de Amnistía, se interpretarán y aplicarán de conformidad con el Derecho Internacional, especialmente el Derecho Internacional Humanitario, «según el cual los crímenes de guerra, de lesa humanidad, genocidio y tortura tienen la consideración de imprescriptibles y no amnistiables».

4. ESTUDIO DE VULNERACIONES DE DERECHOS HUMANOS DE 1978 A 1983

Entre las disposiciones se crea una comisión que estudiara vulneraciones de derechos humanos entre 1978 y finales de 1983 a personas que hayan luchado «por la consolidación de la democracia» y que señale «posibles vías de reconocimiento y reparación».

Previamente, el PSOE y Unidas Podemos habían recogido en las enmiendas parciales pactadas de forma conjunta la designación de esta comisión con el espacio algo más acotado en el tiempo, desde 1978 hasta el 31 de diciembre de 1982.

Con la ampliación temporal de los trabajos de la comisión se incluye el año de inicio de los GAL, la organización terrorista dedicada a la guerra sucia contra ETA, y el primer año de gobierno de Felipe González, pero fuentes del Gobierno han aclarado que los casos concretos a analizar los determinará la propia comisión.

5. UN FISCAL DE SALA INVESTIGARÁ VIOLACIONES DE DERECHOS HUMANOS

Martin Villa, ¿Se hará Justicia?

Por otro lado, la ley prevé la creación de un Fiscal de Sala para la investigación de violaciones de derecho internacional y de derechos humanos durante el golpe de Estado, la Guerra Civil y la dictadura franquista.

Este fiscal impulsará además los procesos de búsqueda de víctimas de los hechos investigados para lograr su debida identificación y localización.

6. DEFINICIÓN DE VÍCTIMA

La ley considera víctima a aquellas personas que hayan sufrido daño físico, moral o psicológico, daños patrimoniales o menoscabo de derechos fundamentales desde el golpe de Estado del 18 de julio de 1936 hasta la entrada en vigor de la Constitución de 1978.

Entre las víctimas, la ley incluye a los fallecidos y desaparecidos como consecuencia de la Guerra Civil y la dictadura, pero también a los exiliados, las personas LGTBI, los niños adoptados sin consentimiento de sus progenitores, así como las lenguas y cultura vasca, catalana y gallega, entre otros casos.

Las víctimas tendrán derecho al «reconocimiento y reparación integral» por parte del Estado, así como al «resarcimiento» de los bienes incautados y las sanciones económicas producidas por razones políticas, ideológicas, de conciencia o creencia religiosa durante la Guerra Civil y la dictadura.

Además, se declarará el 31 de octubre como día de recuerdo y homenaje a todas las víctimas del golpe militar, la Guerra Civil y la dictadura, y el 8 de mayo como día de recuerdo y homenaje a los hombres y mujeres que sufrieron el exilio como consecuencia de la Guerra Civil y la dictadura.

7. EL VALLE DE LOS CAÍDOS SE LLAMARÁ VALLE DE CUELGAMUROS

Valle de Cuelgamuros

La ley contempla la creación de un inventario estatal de lugares de memoria democrática entre los que estará el actual Valle de los Caídos, que pasará a denominarse Valle de Cuelgamuros y dará a conocer las circunstancias de su construcción y su significado «con el fin de fortalecer los valores constitucionales y democráticos».

Aquí sólo podrán yacer los restos mortales de personas fallecidas a consecuencia de la guerra y se reubicarán aquellos restos que ocupen un lugar preeminente en el recinto, como ocurre con el caso de José Antonio Primo, que tras la exhumación de Francisco Franco es la única tumba individual que permanece.

Además, la ley declara extinguida la Fundación de la Santa Cruz del Valle de los Caídos, de quien depende el monumento administrado temporalmente por Patrimonio Nacional, y establecerá un nuevo marco jurídico aplicable a este lugar.

8. ACCESO GARANTIZADO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE LOS ARCHIVOS

La ley garantiza el derecho al acceso libre, gratuito y universal a los archivos públicos y privados sobre todos los hechos ocurridos entre el golpe de Estado de 1936 y la Transición hasta la entrada en vigor de la Constitución de 1978.

Además, los archivos y documentación del gobierno de la dictadura que estén en poder de entidades privadas o personas físicas, en particular los referidos al jefe de Estado, se incorporarán al centro documental de la memoria histórica de Salamanca o al archivo del organismo público que se determine de forma motivada.

9. ACTUALIZACIÓN DE LOS CONTENIDOS EDUCATIVOS

Con el fin de difundir el conocimiento de la historia y la memoria democrática española y «la lucha por los valores y libertades democráticas», la ley establece la actualización de los contenidos curriculares para ESO, FP y Bachillerato para reflejar la «represión que se produjo durante la guerra y la dictadura».

10. SUPRESIÓN DE TÍTULOS NOBILIARIOS DURANTE LA GUERRA Y DICTADURA

La ley suprime un total de 33 títulos nobiliarios y grandezas de España concedidos entre 1948 y 1978, entre ellos el de duque de Primo de Rivera, duque de Calvo Sotelo y duque de Mola. 

Estos puntos junto a la OPCIÓN DE NACIONALIDAD serian los más importantes en esta LEY que ya es una realidad .

Como medida reparadora de los que sufrieron el exilio se incluyen dos nuevos supuestos de adquisición de la nacionalidad española:

1.- Los hijos e hijas nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros, antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978.

2.- Los hijos e hijas mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida la nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción

3.- Los voluntarios integrantes de las Brigadas Internacionales que participaron en la Guerra de 1936 a 1939 puedan adquirir la nacionalidad española por carta de naturaleza, sin necesidad de que deban renunciar a su anterior nacionalidad. De igual manera se aplicará lo mencionado a los descendientes de los brigadistas que acrediten una labor continuada de difusión de la memoria de sus ascendientes y de la defensa de la democracia en España.

LES ADJUNTAMOS EL BOE completo para que puedan consultar todo lo relativo a estas y otras cuestiones.

https://heyzine.com/flip-book/9e168593a4.html

Equipo de Redacción de Revista TU VOZ

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