Redacción de Revista TU VOZ, Argentina
El Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior se ha comunicado con la Junta Electoral Central sobre la participación ciudadana en procesos electorales. Para solventar los problemas de baja participación en los últimos comicios, propusieron una serie de acciones encaminadas a mejorar la participación con un enfoque doble: Infografías más claras ; Campañas institucionales de información.
«La Comisión de Derechos Civiles y Participación del Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior, emitio un Comunicado sobre la participación ciudadana en procesos electorales28 de junio de 2024.
Tras las elecciones autonómicas en mayo de 2023, las primeras sin voto rogado, en 2024 nuestra ciudadanía en el exterior ha podido participar en cuatro procesos electorales en diferentes comunidades autónomas así como en las elecciones para el Parlamento Europeo.
Los primeros comicios fueron el 18 de febrero en la comunidad de Galicia a la que siguieron las elecciones el 21 de abril en Euskadi y el 12 de mayo en Catalunya. Las últimas elecciones en 2024 fueron las elecciones al Parlamento de la Unión Europea entre el 6 y el 9 de junio.
Tras los diferentes procesos electorales en 2024 y la experiencia de las elecciones en 2023 la lectura que desde el CGCEE podemos hacer, en relación con la participación y el impacto que desde el exterior estamos teniendo, es que queda mucho camino por recorrer.
En 2022 el Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior (CGCEE) fue consultado para asesorar en relación con la propuesta sobre la Orden AUC/306/2023, aprobada el 28 de marzo del 2023, por la que se establecían las condiciones para la designación de los centros habilitados en el extranjero para el depósito del voto en urna en los procesos electorales convocados en España y que buscaba incrementar el número de urnas y facilitar el voto.
Las numerosas propuestas que hicimos en nuestro informe no llegaron a tener un impacto en el número de urnas habilitadas y las que hubo en 2023 son prácticamente las mismas que se habilitaron en 2024.
Como ya compartimos en comunicados previos, «mientras que entendemos que en 2023 no hubo tiempo para ampliar la red de locales habilitados tras la aprobación de la Orden en marzo y las elecciones en mayo y julio, sentimos que para las elecciones de 2024 se debería haber aplicado la flexibilidad que otorgaba la Orden AUC/306/2023 en más países para facilitar el sufragio a la ciudadanía española en el exterior con el fin de incrementar la participación de la ciudadanía en los procesos electorales tras la derogación del voto rogado. «
Uso del lenguaje claro y sencillo: Evitar tecnicismos y utilizar un lenguaje cotidiano que sea fácil de entender para todos los públicos.
Diseño atractivo y llamativo: Utilizar recursos visuales atractivos y una organización clara de la información para captar la atención del lector. Siempre se usarán formatos que sean accesibles y se tendrá en cuenta las necesidades de la ciudadanía con discapacidades sensoriales.
Disponibilidad en múltiples formatos: Ofrecer las infografías en diferentes formatos (PDF, EPUB, impresión, online, etc.) para llegar a una audiencia más amplia.
Campañas institucionales de información: Lanzamiento de campañas en prensa y redes sociales para explicar los mecanismos de voto, incluyendo la distribución de la documentación en tres sobres.
Utilización de diversos formatos: Emplear diferentes formatos para llegar a públicos diversos (vídeos, infografías, folletos, etc.).
Lenguaje claro y accesible: Utilizar un lenguaje claro y sencillo.
Colaboración con diferentes actores: Colaborar con organizaciones de la sociedad civil, entidades educativas y otras instituciones para ampliar el alcance de las campañas.
Creemos que estas medidas ayudarán a reducir significativamente los errores en los procesos electorales y a fortalecer la participación ciudadana.
Además de las propuestas anteriores, se debería estudiar la simplificación del proceso de votación: revisar y simplificar el proceso de votación en la medida de Io posible para hacerlo más accesible para todos los ciudadanos, especialmente para el voto por correo.
La mejora de la comunicación en los procesos electorales es fundamental para garantizar el ejercicio del derecho al voto de manera libre, informada y responsable.
El sistema sigue conllevando cierto esfuerzo, pero es un esfuerzo asumible para las poblaciones que viven cerca de los consulados generales así como a todos aquellos que reciben su documentación dentro de los plazos.
Estamos lejos de la participación previa a la implantación del voto rogado y a pesar de haber incrementado la participación en muchos países no podemos ser complacientes y debemos exigir a nuestras instituciones que ayuden a que la ciudadanía se implique aún más en las elecciones.
Nuestros consulados y la Junta Electoral Central han de asegurarse de que la ciudadanía en el exterior puedan votar dando igual en qué país o continente vivan y seguiremos proponiendo cambios que agilicen el voto o lleguen a plantear nuevas formas de voto que ayuden a que los tres millones de españoles y españolas fuera de España seamos tenidos en cuenta.«
Aparte de este comunicado del CGCEE puestos en contacto con Diáspora Española nos hizo saber la ratificación del fracaso de la aplicación de la LOREG, ya que nunca se aplico en su plenitud y el deseo de poder mejorar el sistema de Votación muy a semejanza al sistema francés para la Diáspora en exterior, que ya aplican para para la elección de asambleístas en Francia con la elección desde el exterior la misma consiste de tres métodos de votación:
.-En las urnas PRESENCIAL
.-Por PODER a una persona de confianza, para establecer un poder, el poderdante que otorga el poder debe tener ahora su Número Nacional de Elector (NNE), así como el de su apoderado , que recibe el poder..Este número se puede obtener en la tarjeta electoral de los electores inscritos en una lista electoral en Francia, o que hayan estado inscritos en Francia en el pasado.
El (NNE) no cambia, incluso si el registro en Francia ha caducado. Sobre los documentos relativos a la inscripción en el Registro de los franceses establecidos fuera de Francia , para los electores inscritos en el Registro y en una lista electoral consular (certificado de inscripción, tarjeta consular, declaración de inscripción completa).
.-Por INTERNET. La votación por Internet está abierta durante 5 días consecutivos. Al inscribirse en los consulados, las y los Franceses, se registran numero de celular y correo electrónico.
Se envían una clave por el tf, y un usuario por correo y una aplicación para votación Telemática en Ordenadores y teléfonos móviles y pueden votar telemáticamente.
Sin lugar a dudas este método funciona y se puede incrementar en la Loreg que contempla ya la posibilidad en la Disposición adicional primera.
«En el plazo de doce meses desde la entrada en vigor de esta ley, el Gobierno adoptará, mediante Real Decreto y previo informe favorable de la Junta Electoral Central, las medidas necesarias para complementar o sustituir, de manera progresiva y teniendo en consideración las circunstancias concretas de los países de residencia de los electores, los envíos postales previstos en el artículo 75 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, por un envío telemático que reúna las garantías previstas en la legislación electoral, así como la previsión de mecanismos alternativos para aquellos electores que no dispongan de medios telemáticos propios”.
Esta cláusula contemplada en la LOREG para subsanar los fallos del voto por correo que nunca funciono y solo llega a destino un 12% de los votos enviados, al igual que esta otra en el voto presencial:
«El Gobierno dictará en el plazo de seis meses, desde la entrada en vigor de la presente ley, y previo informe favorable de la Junta Electoral Central, una orden en la que establezcan las condiciones para la designación de los nuevos centros habilitados para el depósito del voto en urna, además de las Embajadas y las Oficinas Consulares, determinando además las garantías, los procedimientos homogéneos y las consiguientes dotaciones materiales y personales destinadas a este fin, entre las que se dispondrán sistemas de seguridad adecuados para los sobres de envío”.
O estas otras que tampoco se tienen en cuenta:
«Excepcionalmente, el Gobierno, previo informe favorable de la Junta Electoral Central, puede modular los criterios y adaptar los supuestos de aplicación de este artículo, así como establecer otros procedimientos para el voto de los residentes ausentes que vivan en Estados extranjeros donde no sea practicable lo dispuesto en este artículo.
Este Artículo tampoco se cumple a pesar de que específica soluciones ante posibles fallos, posiblemente por que ya reconocían que no funcionaria un sistema obsoleto de Votación en el Exterior que hace que el voto continúe siendo irrelevante.
Hay que recordar que a Asociaciones Civiles como Diáspora Española o Refugio Humano que velan por los derechos de la Diáspora así como el CGCEE o los CREs vienen denunciando este fracaso de forma sistemática en estos meses, no obteniendo contestación por parte de los partidos políticos de España o del Gobierno Español.
No sólo Marea Granate de implantación en Europa está siguiendo este ineficiente funcionamiento, ya no está el voto rogado pero ahora está el voto secuestrado que nunca llega a pesar de una legislación, la LOREG que contempla soluciones a este desastre y que esta permitiendo que el 88% de los votos emitidos por correo en el exterior nunca lleguen o sean fuera de plazo su recepción.
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