Redacción revista TU VOZ, Argentina.
El Consulado General de España en Buenos Aires anunció la habilitación de 15.000 nuevos identificadores únicos de trámite (IDU) para gestionar solicitudes de nacionalidad española bajo la Ley de Memoria Democrática (LMD), también conocida como Ley de Nietos.
Esta medida busca agilizar el proceso y garantizar el derecho a la nacionalidad de los descendientes de exiliados durante la Guerra Civil y la dictadura franquista y quienes se acogen también por la cláusula octava.
Los interesados pueden iniciar su solicitud a través de la plataforma online del Consulado, donde se les asignará un IDU. Es importante destacar que la obtención de un IDU no garantiza la concesión de la nacionalidad, ya que cada solicitud será evaluada individualmente conforme a los requisitos establecidos por la LMD.
El plazo para el acceso a la nacionalidad por la Ley de Memoria Democrática ,( Ley aprobada por el gobierno progresista PODEMOS-PSOE y con el visto negativo de los partidos de derecha del PP de Núñez Feijóo y de Ultraderecha de VOX con Santiago Abascal , ambos amigos de Javier Milei ) y presentar las solicitudes de nacionalidad bajo la Ley de Nietos finaliza en octubre de 2024, aunque ya se anunció su prórroga.Para iniciar el trámite visitá la plataforma online del Consulado General de España en Buenos Aires y obten más información sobre los requisitos.
Esta Ley de Memoria Democrática favorece a: Los nietos de mujeres españolas nacidas en España que se casaron con ciudadanos no españoles previo a la sanción de la Constitución de 1978, la que marcaba que la nacionalidad solo se pasaba a través del padre, y por ese motivo renunciaron a la ciudadanía.
Los hijos de aquellos que obtuvieron la nacionalidad española por origen (por la ley 52/2017 de memoria histórica) y no pudieron convertirse en ciudadanos españoles porque tenían más de 18 años cuando la ley entró en vigencia.
A ellos, la normativa les permitía solicitar la residencia a través del arraigo familiar, por ser hijos de españoles, pero ahora podrán acceder a la ciudadanía completa.Los hijos o nietos nacidos fuera de España de padre, madre o abuelo/abuela españoles que fueron exiliados y salieron de España por motivos políticos, ideológicos, de creencia o de orientación e identidad sexual durante la Guerra Civil Española (1936-1939) y el franquismo (1939-1975).
Los interesados pueden solicitar online en el sitio del Consulado de España en cualquier pais del mundo del país donde residan acreditando estos documento:
Documento de identidad del solicitante. Certificación literal de nacimiento del solicitante, expedida por el Registro Civil local. Certificación literal de nacimiento del padre, madre, abuelo o abuela del solicitante, que originariamente hubieran sido españoles.
Si la solicitud se formula como nieto/a de abuelo/a originariamente español, se aportará, además, certificación literal de nacimiento del padre o madre –el que corresponda a la línea del abuelo o abuela españoles– del solicitante.La documentación que acredite la condición de exiliado del padre, madre, abuelo o abuela.
La Nacionalidad también la pueden solicitar directamente en España , sin tener que esperar turnos o resoluciones , agilizando el trámite en muchos casos hasta dos años desde que se inicia la presentación en la delegación correspondiente del Ministerio de Justicia en territorio Español, recordar que los expedientes se resuelven en España no en los consulados los cuales son los que realizan los trámites.