Carta enviada al Director General de consulados Don Xavier Martí Martí.
Desde los Círculos de Podemos en el Exterior, y en nuestro caso particular la Red de Círculos de América (América Latina, EE.UU. y Canadá), hemos realizado en las elecciones pasadas un seguimiento al transcurrir de las mismas, cómo parte fundamental del ejercicio democrático para nuestro país.
Desde Podemos fuimos parte del impulso a la modificación del voto rogado, pues entendimos que este mecanismo dificultaba el ejercicio del derecho al voto de la ciudadanía española en el exterior.Hoy hemos confirmado que la modificación legislativa ha facilitado las votaciones, como se evidencia en el aumento del porcentaje de sufragios, pero somos conscientes que nos queda todavía mucho por recorrer. Por ese motivo, nos permitimos a continuación realizar algunos comentarios y sugerencias para el buen transcurrir de las elecciones generales que tendremos elpróximo 23 de julio 2023:
? En las pasadas elecciones autonómicas del 28 de abril, se identificaron tres dificultades principales en los consulados donde estuvimos presentes:
1) las demoras en los envíos postales, que fueron subsanados exitosamente con la posibilidad que los consulados emitieran los certificados del censo electoral; 2) la falta de claridad del procedimiento y documentación para el envío del voto por correo, pues la mayoría de los recibidos presentaron incidencias; 3) la llegada de votos por correo enviados con posterioridad a la fecha límite, que no pudieron ser contabilizados como votos válidos. Asimismo, la obligación que el Cónsul firme todos los sobres de votación, generó un requerimiento adicional que consideramos no es necesario. Sobre esas dificultades pensamos que pueden adelantarse acciones desde los consulados para reducir el impacto de esas dificultades que ya tuvimos.
? Sería importante explorar la posibilidad que los consulados y viceconsulados honorarios existentes en el país cumplan funciones relacionadas con el proceso electoral, tal y como lo contempla el numeral 4 del artículo 75 “Ejercicio del voto por personas que residen en el extranjero”: “Los electores que opten por depositar el voto en urna lo harán entre el octavo y el tercer día, ambos inclusive, anteriores al día de la el bección, entregando personalmente los sobres en aquellas Embajadas, Oficinas o Secciones Consulares en las que estén inscritos o en los lugares que a tal efecto se habiliten para ello, en horario de mañana y tarde, incluidos los consulados honorarios de España en el extranjero. A este fin, todas las Embajadas, las dependencias consulares y los demás lugares autorizados, dispondrán de una urna o urnas custodiadas por un funcionario habilitado a tal efecto.” Dada la gran extensión del país y los problemas que se han dado con los envíos por correo, esta medida sería fundamental para que las y los españoles residentes en las proximidades de estos consulados y viceconsulados puedan acceder con facilidad al ejercicio de su derecho al voto.
? Teniendo en cuenta que la aprobación de la modificación legislativa que acabó con el voto rogado fue aprobada en octubre del año pasado, mediante la Ley Orgánica 12/2022, de 30 de septiembre 2022, de reforma de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, para la regulación del ejercicio del voto de las y los españoles que viven en el extranjero; consideramos fundamental adelantar iniciativas pedagógicas desde las instituciones españolas, especialmente las que ejercen sus funciones en el exterior, como es el caso de los Consulados. En ese sentido, consideramos que sería importante difundir entre los/as españoles/as en el exterior, principalmente quienes están inscritos/as como CERA, información y piezas pedagógicas (por ejemplo, videos explicativos) sobre los nuevos procedimientos, plazos, requisitos y facilidades para ejercer el derecho al voto en el exterior.
? Sobre las dificultades experimentadas con el voto por correo, es importante considerar medidas encaminadas a flexibilizar los plazos o, al menos, ofrecer alternativas a las personas que reciban la documentación después de la fecha límite, pero antes de que sean enviados a España el conjunto de votos recogidos en el país. Por ejemplo, que quienes reciban la documentación después del plazo final de envío puedan remitir por correo certificado a los consulados los votos, con el fin de que estos lleguen antes del envío a España. A partir de nuestra experiencia, advertimos que pueden evidenciarse problemas también derivados de la actualización del censo electoral, pues los nuevos plazos surgidos del adelanto electoral nos ponen en la tarea de acelerar el proceso.
Agradecemos profundamente la atención prestada. Esperamos de esta forma contribuir a mejorar el ejercicio de derechos de los y las españolas que residimos en el exterior. Nos ponemos también a disposición de ustedes, para colaborar en todo lo que sea necesario para el éxito de este proceso electoral que tenemos por delante.
Este escrito va encaminado a solicitar unas mejoras que se requieren en Latinoametica para mejor funcionamiento.
Red de Círculos de América