Por Fernando Ortega de El Berguedá, Catalunya
La detención y exposición pública de Nicolás Maduro plantea una pregunta incómoda: ¿estamos ante un proceso judicial o ante una escenificación de poder?
Las imágenes recorrieron el mundo en cuestión de horas. Vehículos oficiales, puertas abiertas, traslados visibles, cámaras grabando. Nicolás Maduro, presentado ante la opinión pública internacional como un culpable en tránsito por las calles de Nueva York. No había sentencia, no había juicio y sin embargo, había espectáculo.
En un país con la capacidad técnica, legal y operativa de ejecutar cualquier detención con absoluta discreción, la forma elegida no puede considerarse casual. Y cuando la forma importa más que el fondo, la justicia empieza a resquebrajarse.
La exhibición como síntoma.
Estados Unidos no es un Estado improvisado, es una potencia con décadas de experiencia en traslados discretos, rendiciones silenciosas, operaciones selladas y procedimientos judiciales que, cuando conviene, no dejan rastro mediático. Precisamente por eso, la exposición pública de Maduro (real o tolerada) no puede leerse como un fallo logístico ni como un descuido circunstancial.
La pregunta razonable no es por qué ocurrió, sino por qué se permitió.
Cuando un Estado tiene la capacidad de actuar sin interferencias y elige no hacerlo, la conclusión es inevitable: la visibilidad forma parte del mensaje, no estamos ante una anomalía operativa, sino ante una decisión comunicativa y eso transforma un acto judicial en un acto político.
Capacidad no es voluntad.
Defender esta idea no implica ningún juicio sobre la culpabilidad de Maduro, implica algo más básico: entender que la justicia no necesita exhibirse para funcionar, al contrario, cuando se expone antes de probar, se debilita. La sobriedad no es una cortesía; es una garantía, y cuando se renuncia a ella, el proceso pierde neutralidad simbólica. La imagen precede al veredicto.
El relato se impone al derecho.
El Caribe: cuando la operación contradice la acusación, la incoherencia se agrava al retroceder unos meses en la cronología. Antes de la exhibición, Estados Unidos desplegó en el Caribe un operativo militar sin precedentes, justificado oficialmente por la necesidad de combatir el narcotráfico procedente de Venezuela. Si el objetivo real era judicial, el manual es conocido: interdicción de cargamentos, detenciones, incautaciones, cadenas de custodia, acumulación de pruebas materiales y testigos.
Es así como se construyen los casos penales sólidos, pero lo que se observó fue otra cosa: destrucción de infraestructuras, acciones letales, bombardeos selectivos, eliminación de objetivos. Desde un punto de vista estrictamente jurídico, esto no fortalece una acusación; la destruye.
Cada objetivo neutralizado sin detención es una prueba que no existe. Cada embarcación hundida sin inspección es una cadena de custodia rota. Cada escenario borrado es una verdad imposible de verificar, un fiscal no bombardea su propio expediente.
La inversión del principio básico.
Aquí aparece una de las fracturas más graves: la inversión del orden lógico del Estado de derecho; No se investiga para actuar ; Se actúa y luego se busca al culpable que lo justifique.

Cuando la fuerza precede a la prueba, el proceso deja de ser judicial y se convierte en legitimación posterior de una decisión política o militar. Y eso no solo afecta al acusado; afecta al sistema que acusa.
Maduro y la presunción de inocencia
Conviene decirlo con claridad, sin rodeos y sin matices interesados: Nicolás Maduro, como cualquier persona, es inocente hasta que se demuestre lo contrario. No por simpatía, no por afinidad ideológica, sino porque ese es el principio que sostiene cualquier sistema que se llame democrático y de derecho, incluido el estadounidense.
Hasta la fecha, lo que se ha hecho público apunta más a indicios circunstanciales que a pruebas directas: testimonios de terceros con incentivos penales, informes de inteligencia no contrastables, inferencias por estructura de poder.
Todo ello puede alimentar sanciones o discursos políticos, pero no garantiza una condena sólida en un juicio riguroso, especialmente tratándose de un jefe de Estado. Exigir pruebas no es negar delitos. Es defender el derecho.
El problema de la jurisdicción
A esta fragilidad probatoria se suma una cuestión fundamental: la competencia judicial. Para que un tribunal estadounidense juzgue un delito de narcotráfico internacional, debe demostrarse que ese tráfico tenía como destino, impacto o conspiración directa el territorio de Estados Unidos.
No basta con afirmar que hay droga.Hay que probar para quién, hacia dónde y con qué intención. La expansión automática de la jurisdicción penal estadounidense ha sido criticada incluso por juristas norteamericanos.
En este caso, sin una demostración clara y pública de esa conexión, la acusación corre el riesgo de percibirse como extraterritorialidad punitiva, no como justicia.
El espejo hondureño.
Y aquí aparece el dato que desnuda la contradicción del sistema, Juan Orlando Hernández, expresidente de Honduras, fue juzgado, condenado y declarado culpable de narcotráfico en tribunales federales de Estados Unidos, con pruebas, testigos y sentencia firme.
Y, aun así, fue posteriormente indultado por decisión presidencial; El contraste es devastador:cuando hay pruebas ¿se puede perdonar;cuando no se muestran ? se exige fe.
El mensaje implícito es peligroso: la justicia no depende de la culpabilidad, sino de la conveniencia política y eso no desacredita solo un caso; erosiona el principio mismo de imparcialidad. No es Maduro, es la justicia.
Este artículo no absuelve a Nicolás Maduro. Tampoco lo condena, no le corresponde a la prensa dictar sentencias, pero sí le corresponde formular preguntas incómodas cuando los procedimientos se alejan de los principios que dicen defender.
Porque el problema no es un hombre, el problema es un sistema que parece confundir poder con verdad, fuerza con prueba, exhibición con justicia y cuando la justicia se convierte en espectáculo, deja de ser justicia, pasa a ser otra cosa mucho más peligrosa.
